La medida apunta a que el titular del Ejecutivo no pueda presentar proyectos en el Congreso tres meses antes de las elecciones municipales, legislativas o presidenciales ya que las iniciativas “pueden ser utilizadas para beneficiar una determinada campaña política” fundamentaron en un comunicado, difundido por la oficina de prensa de la Cámara, los 10 diputados que pidieron modificar la Constitución.
Lo que pretenden modificar es el artículo 74 de la Constitución. Actualmente esa norma establece que: “el Presidente de la República podrá hacer presente la urgencia en el despacho de un proyecto, en uno o en todos sus trámites, y en tal caso, la Cámara respectiva deberá pronunciarse dentro del plazo máximo de treinta días. La calificación de la urgencia corresponderá hacerla al Presidente de la República de acuerdo a la ley orgánica constitucional relativa al Congreso, la que establecerá también todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley”.
Para los autores del proyecto “la declaratoria de urgencia por parte del Ejecutivo también altera el ritmo de trabajo en el Congreso y crea discontinuidad en la consideración particular de las otras propuestas de la agenda”.
Además explicaron que la llegada de los proyectos del primer mandatario son sin aviso previo y relegan el tratamiento de otras iniciativas en las que trabajaba la Comisión: “mientras una comisión estudia a fondo un proyecto específico, una propuesta urgente del Ejecutivo llega con frecuencia sin previo aviso y determina una demora en la discusión que estaba en curso”.
Por último los diputados señalaron que “la experiencia legislativa acumulada indica que la utilización que el Presidente de la República ha hecho, en el tiempo, del mecanismo de las urgencias, responde más bien a motivaciones de orden mediático, político y comunicacional que a la real motivación fundacional que dio origen a este instrumento”.
La iniciativa pasó a estudio de la Comisión de Constitución.