17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Chile: piden cárcel para la violencia contra menores y discapacitados

Diputados del país trasandino presentaron un proyecto de ley para sancionar con prisión de entre 541 días y cinco años a quienes ejerzan violencia física o psíquica sobre menores de edad o personas discapacitadas y enfermas que tengan a su cargo. Si bien existen leyes que protegen a los menores, los legisladores consideran que son condescendientes con los victimarios.

 
Ocho diputados chilenos de la Unión Democrática Independiente (UDI) presentaron un proyecto de ley para penar con cárcel a las personas que ejerzan violencia contra los menores de edad o discapacitados que estén a su cargo. Si bien existen leyes que protegen a los menores, los legisladores consideran que son “relativamente condescendiente con los victimarios”.

La iniciativa, que se encuentra para su estudio en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, establece penas de entre 541 días y cinco años de prisión para las personas que ejerzan cualquier tipo de violencia física o psíquica contra menores de edad, personas discapacitadas o enfermas que estén a su cargo.

Además, quienes incurran en este delito tendrán prohibido continuar con la tenencia de las personas agredidas.

Los diputados del UDI que presentaron el proyecto, Felipe Ward, Sergio Bobadilla, María Angélica Cristi, Enrique Estay, Marcelo Forni, Javier Hernández, Iván Norambuena y Gastón Von Mühlenbrock, sostienen que las variadas formas de violencia social ha llegado a los hogares.

Si bien existen leyes en defensa de los menores, como la de Violencia Intrafamiliar, para los legisladores “la actual legislación es relativamente condescendiente con los victimarios, no contemplándose en ella un sistema punitivo y retributibo acorde con la gravedad de algunas de las atrocidades sancionadas por la ley”, según informó en un comunicado la oficina de prensa de la Cámara de Diputados.

Pusieron como ejemplo los delitos contra menores de edad que tiene multas bajas y no tiene penas accesorias, “que son absolutamente necesarias en dichos casos, como lo es la de que dicha acción, debidamente sancionada por los tribunales competentes, implique además la prohibición, para el agresor, de volver a desempeñar funciones al cuidado de menores de edad”, sostuvieron los diputados.



dju / dju
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