27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Juicio político: restituyeron a dos camaristas de Chaco

Se trata de Beatriz Fernández y Tomás Inda, camaristas federales de Resistencia. El Jury de Enjuiciamiento entendió que actuaron sin intencionalidad y con conocimiento del derecho vigente. Estaban suspendidos en sus cargos porque fueron acusados de conceder un habeas corpus mediante el cual liberaron a 10 represores de la última dictadura militar involucrados en la masacre de Margarita Belén. TEXTO COMPLETO

 
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados restituyó en sus cargos a dos camaristas chaqueños al rechazar la acusación de mal desempeño por utilizar indebidamente un habeas corpus que liberó a 11 represores acusados de crímenes de lesa humanidad cometidos en la última dictadura militar.

Así, los jueces de la Cámara Federal de Resistencia, María Beatriz Fernández y Tomás Inda retomarán sus funciones luego de estar suspendidos desde el 13 de octubre del año pasado cuando el plenario del Consejo de la Magistratura aprobó por 13 votos contra tres iniciar el juicio político, que finalizó este miércoles.

Los jueces Enrique Basla, Ramiro Puyol, Eduardo Roca, Guillermo Sagués, Aidée Vázquez Villar y José Luis Zavalía votaron en contra de la acusación, mientras que Elena Highton de Nolasco, presidente del Jurado y juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Manuel Baladrón y Sergio Gallia lo hicieron a favor de la remoción.

Fernández e Inda fueron acusados por tres cargos: liberar a 11 represores detenidos por su participación en la masacre de Margarita Belén utilizando un hábeas corpus por el cual declararon incompetente al juez de la causa Carlos Skidelsky, haberlo hecho sin caución y por un ejercicio abusivo del poder.

La mayoría del jurado entendió que las imputaciones contra los camaristas no pudieron demostrar “un designio de parcialidad o intencionalidad distinta a la de administrar justicia, ni tampoco un manifiesto e inexcusable desconocimiento del derecho vigente”.

También citaron una de las colusiones de la Conferencia Nacional de Jueces que se realizó la semana pasada en Santa Fe: “La inamovilidad en los cargos es esencial para que el juez pueda decidir sin temores a ser removido. Por ello, todo pedido de enjuiciamiento debe ser fundado y analizado con la mayor seriedad y rápidamente desechado cuando no reúne esos mínimos requisitos. La amenaza de destitución por cualquier medio directo o indirecto, frente a sentencias que no conforman a un determinado grupo, constituyen una afectación de esa garantía y una seria lesión a la independencia del poder judicial.”

Por su parte, Baladrón y Gallia afirmaron que Inda y Fernández liberaron a los represores “en virtud de la cuestionable maniobra articulada en la resolución del hábeas corpus, afectando seriamente el ejercicio de su función” y que “constituye un precedente que no sólo pone de manifiesto el descrédito social por la función que ocupan los magistrados acusados, sino que afecta seriamente el servicio de justicia que deben brindar en tan alto cargo y compromete la responsabilidad internacional del estado argentino”.

Inda, quien había presentado su renuncia pero no fue aceptada por el presidente Néstor Kirchner, también fue acusado por no haberse excusado de intervenir en la causa, ya que anteriormente había actuado como fiscal, y por no investigar las tortutas y el asesinato de una de las víctimas de la masacre, Néstor Sala.

Estas acusaciones fueron rechazadas por Highton de Nolasco, Puyol, Roca, Sagués, Vázquez Villar y Basla.

La Masacre de Margarita Belén ocurrió en diciembre de 1976 cuando 22 presos políticos fueron asesinados luego de ser torturados.



dju / dju
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