20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Sancionarían la violencia laboral en la Justicia

El Consejo de la Magistratura analiza dos proyectos para prevenir y sancionar la violencia laboral en la Justicia. Las iniciativas abarcan los abusos tanto físicos como psicológicos cometidos por todo aquel que trabaje dentro del Poder Judicial. Prevee fuertes sanciones que en el caso de los magistrados llega a la destitución. La Asociación de Magistrados rechazó las propuestas y presentará su propia iniciativa.

 
Los proyectos fueron presentados por la consejera y diputada nacional del ARI Marcela Rodríguez y por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN). Ambas, muy similares en su redacción, coinciden en los objetivos (prevenir, erradicar y sancionar la violencia laboral en la Justicia) y en los agentes a los que alcanza: jueces, consejeros, funcionarios o empleados que trabajen ya sea de manera permanente o transitoria.

También acuerdan en definir como violencia laboral cualquier tipo de ataque o abuso a la dignidad, integridad física y psicológica, la salud o el bienestar social de la persona mediante gestos, amenazas o discriminación.

Entre algunas de las acciones que los proyectos sancionan como violencia laboral se encuentran: obligar a una persona a ejecutar tareas denigrantes para la dignidad humana; asignar misiones innecesarias o sin sentido con la intención de humillar; bloquear constantemente sus iniciativas; encargarle trabajo imposible de realizar o no asignarle tarea alguna; promover el hostigamiento psicológico a manera de complot; efectuar amenazas reiteradas de sumario administrativo infundado; extender el horario laboral por motivos infundados; gritar, insultar o tratar de manera ofensiva al personal de inferior jerarquía.

Los dos proyectos están siendo analizados en la Comisión de Reglamentación y Reforma Judicial del Consejo. Allí estuvo el jueves pasado el presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación (AMFJN), Miguel Ángel Caminos, que rechazó las iniciativas y anunció que la entidad presentará un tercer proyecto.

El 16 de marzo último la AMFJN le envió una nota a la Comisión de Reglamentación por la cual, luego de analizar el proyecto de Rodríguez, llegó a la conclusión de “desestimar el proyecto o bien introducirle importantes modificaciones”.

“Se corre el riesgo de que determinados conflictos que resultan inevitables y que suceden a diario en todo grupo humano sean erróneamente asimilados con las conductas que el proyecto de reglamentación pretende combatir”, afirmaron los jueces en la nota.

Los magistrados distinguieron “los conceptos de acoso moral con situaciones que no lo son”. Los jueces consideraron que la “búsqueda de exigencia de la calidad, la imposición de plazos para el cumplimiento del trabajo, la imposición propia que impone a los trabajadores y funcionarios, la falta de medios materiales y humanos”, no pueden “ser asimiladas” como acoso laboral.

El acoso sexual es uno de los temas, entre otros, tratado especialmente en los dos proyectos. El de la UEJN lo define como “la solicitud por cualquier medio, para sí o para un tercero, de favores de naturaleza sexual no deseados por la víctima”. También especifica el acoso sexual cuando no es directo, al que llama ambiental y “provoque un ambiente o contexto hostil, intimidatorio, ofensivo o humillante, aún en los casos en que no exista solicitud directa de favores de naturaleza sexual”.

En su proyecto Rodríguez considera que “la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encuentre en una situación de inferioridad jerárquica”.

Los proyectos se diferencian en los mecanismos para presentar las denuncias. Mientras que el proyecto de Rodríguez propone que sean tramitadas ante cada Cámara para que se apliquen su reglamento, el de la UEJN crea un Observatorio contra la Violencia Laboral en la Justicia en la órbita del Consejo de la Magistratura para que las investigue.

En el caso de los jueces las sanciones pueden llegar hasta la destitución ya que las denuncias contra los magistrados se tramitan en el Consejo de la Magistratura que puede, según la gravedad del hecho denunciado, aplicarle una sanción disciplinaria o pedir su juicio político.

Inclusive en septiembre del año pasado el Consejo aprobó el juicio político contra el ex juez federal de Reconquista, Santa Fe, Eduardo Fariz, por acoso laboral a los empleados de sus juzgados, entre otras acusaciones. El Jurado de Enjuiciamiento destituyó a Fariz el 7 de marzo último pero desestimó el cargo por el que estaba acusado de utilizar a sus empleados para tareas personales, tener actitudes amenazantes y violar los reglamentos sobre ascensos del personal.



dju / dju
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