20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Comenzó a funcionar el registro de morosos alimentarios en Santa Fe

La provincia de Santa Fe puso en funcionamiento este lunes el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM). El primer paso es el envío por parte de los juzgados de los pedidos de inscripción. A quienes sean morosos no se les renovará la licencia de conducir, no podrán ocupar cargos de jueces o funcionarios, ni ser candidatos a cargos electorales provinciales.

 
Por otra parte, a partir del 1 de agosto el RDAM comenzará a expedir los certificados que acrediten quiénes son morosos. Para eso habrá certificados negativos (que acrediten inexistencia de inscripción en el Registro) y certificados positivos (para quienes sí sean morosos).

Esos certificados, que se entregarán a quienes acrediten su identidad y un interés legítimo, servirán para no quedar dentro de las tantas prohibiciones que establece el registro para los morosos. Así quienes formen parte del RDAM no se les renovará o se les otorgará la licencia de conducir, no podrán ser magistrados y funcionarios de ningún poder del Estado, no podrán ser adjudicatarios de viviendas sociales construidas por la provincia, ni ser candidatos para cualquier cargo electoral provincial, municipal o comunal.

Además, el artículo 8 de la ley que creó el registro establece que “los proveedores y contratistas de todos los organismos de la provincia deben adjuntar a sus antecedentes una certificación anual en la que conste que no se encuentran incluidos en el Registro”. Por otra parte, “en el caso de profesionales colegiados inscriptos en el Registro de deudores alimentarios morosos, el juez interviniente a pedido de parte notificará al Colegio respectivo a los fines que pudieren corresponder conforme sus reglamentos internos”, dice el artículo 11 de la norma.

La ley también involucra a todo organismo público de la provincia que otorgue habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ya que para la renovación o prórroga de las mismas deberá solicitar el certificado del RDAM.

Se considerará morosos a quienes incumplan el pago de tres cuotas de alimentos provisorios o definitivos consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años,

El registro fue creado por la ley provincial 11.945 en noviembre de 2001, cuando Carlos Reutemann era gobernador, pero recién el pasado 27 de abril fue reglamentada a través del decreto 1005.

El RDAM dependerá de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y sus funciones serán las de formar un registro con los deudores alimentarios y los empleadores que hayan incumplido una resolución judicial que disponía la retención y depósito a la orden de algún juzgado de sumas destinadas a alimentos, y expedir los certificados que requieran las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

El registro tendrá dependencias en cinco ciudades de la provincia. En Santa Fe y Rosario lo hará en el Registro de Procesos Universales; en Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto en la Secretaría de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral; mientras que en las demás sedes judiciales funcionará en los juzgados civiles y comerciales, o de circuito.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486