20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Chubut: la celeridad judicial es una realidad

En cuatro días, con acuerdo del fiscal y el defensor, se condenó a una persona a nueve meses de prisión en suspenso por atentado a la autoridad agravado por el uso de armas. Se trata del primer caso desde que entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal de la provincia. Ha sido un procedimiento no habitual en cuanto a los tiempos, manifestó el juez Alejandro Rosales.

 
En sólo cuatro días, un delito se cometió y una sentencia se dictó. La rapidez del proceso es producto de la reforma al Código Procesal Penal de Chubut que entró en vigencia el 31 de octubre pasado y que, entre otras modificaciones, introduce audiencias en todo el proceso. "Ha sido un procedimiento no habitual en cuanto a los tiempos", le dijo a Diariojudicial.com Alejandro Rosales, juez de Garantías de Sarmiento y uno de los dos magistrados que intervino en el proceso.

El sábado 4 de noviembre a las 5:45 hs. Sandro Payahuala embistió con su vehículo una vivienda. Se fugó y cuando fue detenido por la Policía intentó agredir con un arma blanca a uno de los agentes. El mismo día a las 18 hs. se formalizó la acusación y se fijó una nueva audiencia para el miércoles 8.

Ese día a las 11 hs. se propuso la suspensión del juicio a prueba que no se pudo concretar porque el imputado contaba con un trámite similar anterior, por lo tanto las partes acordaron un juicio abreviado que se llevaría a cabo una hora después. Con el acuerdo de las partes, el juez de Refuerzo Penal de Sarmiento, Daniel Pérez, condenó a Payahuala a nueve meses de prisión en suspenso como autor responsable del delito de atentado a la autoridad agravado por el uso de armas. Además se le impuso la abstención del abuso del consumo de alcohol y la realización de un tratamiento psicológico.

"Ha sido un procedimiento no habitual en cuanto a los tiempos. Un conflicto iniciado el día 4 fue resuelto y decidido cuatro días después con una resolución que no ha sido impugnada y no creo que lo sea porque es un acuerdo al que llegan las partes y con una sentencia condenatoria", resumió Rosales, quien actuó como juez de control de garantías.

Este proceso se logra por la reforma que la Legislatura de la provincia le aplicó al Código Procesal Penal que entró en vigencia el pasado 31 de octubre. El nuevo texto establece que la investigación queda en manos del fiscal y no del juez. Además, crea una oficina especial que se encarga de toda la administración de los tribunales e instaura un sistema de audiencias.

"Las cuestiones se deciden todas en audiencias. El juez llega a la audiencia y no debe tener conocimiento absoluto del hecho. Se le plantean las cuestiones en el transcurso de la audiencia, las partes hacen sus requisitorias, sus peticiones, se da intervención a todas ellas, a la víctima, al imputado, al representante de la fiscalía de Estado, y cada uno formula sus apreciaciones y sus pedidos. En base a ello, la resolución se toma de inmediato. Nos ahorramos papelerío, oficio, notificaciones, etc".



dju / dju
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