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Fernando Ovalle
16 de Julio de 2010
Otra vez Diana Conti: espero que su proyecto de derogar la obligatoriedad de los fallos plenarios -que no es descabellado, como el anterior referido a la defensa estatal- no obedezca solamente a una intención de congraciarse con el presidente de la nación, a fin de respaldarlo en su declarada pelea con la Cámara Nacional de Casación Penal, aunque llama la atención el momento que esta diputada elige para hacer ciertos proyectos. Pero no se olvide la diputada (miembro del Poder Legislativo), que en su proyecto estaría haciendo mención a la división de poderes, que esa división también debería verse reflejada en el espíritu de la sanción de las leyes (sí que soy muy ingenuo, pero por lo menos, disimulen). Por último, para que su proyecto guarde cierta coherencia, la diputada deberá recordar proponer también la derogación del art. 303 del Código Procesal Civil, que obliga a los jueces civiles a acatar las sentencias plenarias. Si hace esto último, no sólo habrá un poco más de coherencia en su proyecto, sino que -de paso- disimularía un poco. Atentamente.
fernando ovalle / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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