22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Brevatas

La Corte confirmó el procesamiento de Bergés | Seminario sobre medios alternativos de resolución de conflictos | Caso Yoma: La Corte no hizo lugar al planteo de la AFIP | Esquel: absuelven a un concejal por torpe | Santiago del Estero: el STJ pidió informes sobre la destitución de cuatro diputados.

 
Para apelar a la Corte la sentencia debía ser definitiva

Mariano Bergés, ex juez de instrucción que se encuentra procesado por un supuesto abuso de autoridad al intervenir una línea telefónica de Luis Barrionuevo, recurrió ante la Corte Suprema. El Máximo Tribunal confirmó el procesamiento al considerar que el recurso presentado por el imputado no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. Bergés habría cometido el ilícito, ya que para intervenir dicha línea, debió haber pedido autorización a la Cámara de Senadores, ya que en dicha época Barrionuevo formaba parte de dicho cuerpo legislativo.

Acceso a la Justicia

El próximo lunes 16 de abril comienza el Seminario de “Acceso a la Justicia: Medios Alternativos de Resolución de Conflictos”, que organizan la Defensoría del Pueblo porteña y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. La conferencia inaugural (a las 18) se desarrollará en el Salón San Martín de la Legislatura porteña, y estará a cargo de la defensora Alicia Pierini. El martes 17 y miércoles 18 el Seminario continuará en la sede de la Defensoría del Pueblo: participarán, entre otros, fiscal general de la Ciudad; German Garavano, la viceministra de Justicia de la Nación, Marcela Losardo; y el defensor regional de Caldas, Colombia, Gustavo Restrepo Pérez.

Inadmisible

La AFIP, querellante en la causa que se sigue contra Guillermo Luis Yoma por supuesta multiplicación de créditos fiscales por múltiple presentación de facturas, había impugnado la resolución que declaraba la nulidad de la orden de traspaso de fondos de la cuenta del actor a una cuenta de la querellante en el Banco de la Nación Argentina. Para la Corte el recurso de la AFIP es inadmisible en razón del artículo 280 CPCCN.

No actuó con dolo

Un concejal de Esquel acusado de violación de los deberes de funcionario público por acceder a un crédito aprobado por el Municipio fue absuelto porque no actuó con dolo. La juez Nelly García sostuvo en su resolución que el concejal Marcos Bravo “fue torpe, debió tener más cuidado y asesorarse debidamente pero la forma culposa no está tipificada”. Bravo fue denunciado por acceder a un crédito municipal de $5000 lo que está prohibido en el artículo 71 de la ley de corporaciones municipales de Chubut por la cual los concejales no pueden acceder a ningún contrato que se apruebe durante el período que ostente su banca. La juez señaló que el concejal “no tiene un conocimiento técnico y actualizado de las leyes aplicables, sino un conocimiento genérico y lego” y consideró que actuó sin dolo. Además, hizo referencia a la poca instrucción escolar del concejal.

Solicitud

En el marco de la causa que investiga el desafuero de cuatro concejales de Santiago del Estero, el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia solicitó informes sobre el estado procesal de los expedientes. El pedio fue dirigido al juez de instrucción Rubén Anglade para que remita copias certificadas de las actuaciones relacionadas con la situación de los concejales Aldo Vargas, Victoria Pérez, Mario Villalba y Margarita Mercado. Al mismo tiempo, el juez Anglade está siendo investigado por el Consejo de la Magistratura de Santiago del Estero por su trabajo al frente del juzgado.



dju / dju
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