La causa se inició a partir de un intercambio de cartas entre las partes, en las que el empleado discutía la mora en la entrega de su salario. La jueza de primera instancia entendió que el actor no logró probar el importe del salario, la forma de pago ni la supuesta extensión de la jornada legal, por lo que rechazó la demanda.
En el intercambio epistolar –sucedido entre octubre y diciembre de 2004-, la empresa respondió a las intimaciones del dependiente y aseguró que el salario estaba a su disposición, pero él respondió que se le había negado trabajo. Argumentó que dada la deuda salarial, no contaba con dinero para viajar al trabajo, y que por ende, haría uso “del derecho de retención de tareas”.
En contestación, la empleadora T.G.C. S.R.L le reiteró que nunca le había negado tareas y le repitió la puesta a disposición del salario correspondiente al mes de septiembre de 2004. El actor rompió la relación laboral arguyendo “...reticencia de reconocer verdadera remuneración y de indicar la supuesta disponibilidad salarial alegada”.
Los camaristas entendieron que “el accionante no logró acreditar las deficiencias registrables que le imputaba a la accionada”, debido a que sus declaraciones no contribuyeron sino que se contradijeron entre sí, dejando inválidas sus quejas.
La actitud del actor de “limitarse simplemente a manifestar que continuaría haciendo retención de tareas y que no contaba con medios materiales para concurrir al empleo a recibir su remuneración, reiterando sus intimaciones, luce –a la luz de la prueba colectada- irrazonable”, concluyó el tribunal.
En la resolución se confirmó la sentencia en todas sus partes, así como también se impusieron las costas de alzada a la actora vencida. El fallo surgió de la mayoría de los votos de los jueces Juan Andrés Ruiz Díaz y Estela Milagros Ferreirós. El doctor Néstor Miguel Rodríguez Brunengo se abstuvo.