20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

"El sistema de flagrancia es una cuestión de convencimiento del operador judicial"

Fabián Fernández Garello
Fiscal General de Mar del Plata

 
Para el fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, hay un dato que marca la efectividad del sistema de flagrancia: “Uno de los déficit del sistema judicial es que tiene mucha gente con prisión preventiva. Lo que se está observando es que este esquema de la flagrancia está arrojando cifras de condena”.

La cárcel marplatense de Batán tiene 1.100 internos. De los 500 que son oriundos de esa ciudad, casi el 70 por ciento tiene condena. Los 600 restantes fueron trasladados de otras cárceles de la Provincia y sólo el 12 por ciento son condenados.

La celeridad en la conclusión de un proceso judicial es una de las ventajas que arroja el sistema de flagrancia. Otros son: la resolución de causas en un plazo máximo de 90 días (esos procesos llegaban a durar un año y medio o dos), la relación directa entre el juez y el imputado, o el descongestionamiento de los tribunales, enumera Fernández Garello.

La flagrancia se aplica desde julio de 2005 en el departamento judicial de Mar Del Plata que fue elegido para llevar a cabo una experiencia piloto. Luego se fue ampliando a otros distritos y a fines de febrero el Poder Legislativo de la provincia extendió el sistema a toda la Justicia bonaerense, en el marco de un paquete de reformas penales.

El sistema se aplica para aquellos delitos que tienen penas menores a los 15 años y que se descubre en el momento que se está cometiendo, en su mayoría son robos en la vía pública como hurto o tentativa de robo. El fiscal informa del hecho y el juez tiene cinco días para convocar a una audiencia oral. Las partes pueden pactar una condena si el imputado reconoce la autoría del hecho. Si no hay acuerdo, el juez tiene 20 días para convocar a una nueva audiencia. Si tampoco se llega a una resolución consensuada, el fiscal tiene que elevar la causa a juicio oral, que debe ser realizado en 60 días.

“Acá hay un gran cambio cultural en el Poder Judicial que se manifiesta por confiar en el principio la oralidad que da la inmediatez del imputado respecto del juez. Este tipo de cuestiones va destrabando la resolución de todo lo demás.”, resume Fernández Garello.

Entre el 4 de julio de 2005 y el 21 de febrero de 2008 se iniciaron 3.306 causas por flagrancia en Mar del Plata, de las cuales se concluyeron 2842, es decir el 86 por ciento. ¿En qué radica la alta efectividad del sistema?

En esas 3 mil causas nunca se quebró, salvo excepciones aisladas, la pauta de que estas causas se resolvieran a más tardar en los 60 o 90 días desde que se inició. Entre las causas no resueltas están las que ingresaron en los últimos días que no pasaron los tres meses para resolverse. Con este sistema hay una reprogramación del circuito del Poder judicial. Una de las cosas más importantes que logramos fue empezar a recibir en tiempo y forma los antecedentes personales. En la provincia de Buenos Aires hay grandes distancias y esto demoraba mucho. Segundo, cada sector hizo su aporte. Los jueces de garantías han tenido que reestructurar su esquema de trabajo: hacen audiencias orales que antes no hacían. El otro factor es el convencimiento, y acá la herramienta tecnológica ha sido muy importante, de que hoy un CD de audio le suple lo que le está en el papel. Es un recurso tecnológico que debiera seguir explorando la Justicia argentina.

¿El sistema tiene grietas?

Antes las grietas que se producían actuaban en perjuicio del imputado siempre. A veces pasaba un año para que después se termine declarando una nulidad. Hoy si hay una nulidad se trata en los primeros 20 días. Las verdaderas grietas estaban en el sistema anterior y se han superado. Por ejemplo, a partir de este sistema han mejorado mucho los policías que labran las actas en la vía pública. Donde había una presunta nulidad convocábamos a los agentes para que presencien las audiencias y vean los problemas que nos originaban con actas incompletas.

¿Este sistema requiere aumentos de recursos humanos y materiales?

En materia de recursos, si los calcula según el sistema tradicional de la Justicia, posiblemente no le alcance nada. Acá la cuestión es al revés: reasignar recursos. Por ejemplo, los jueces de garantía notaron que no necesitan tanto personal porque ellos tomaban y decidían las audiencias. Al juez le basta con un secretario. Cuando se observó esto le dijimos al Gobierno que lo que hacía falta era nombrar más jueces con menos personal. Desde las fiscalías es importante que haya instructores judiciales con capacidad para trasladarse en la vía pública para tomar una buena testimonial.

¿Cómo toman los detenidos el sistema?

Ellos pedían este sistema y lo siguen pidiendo. El primer efecto sobre el imputado es que está viendo que es el juez que le deniega o le da la excarcelación. En la provincia hemos tenido Códigos Procesales donde al juez se lo obligaba a tomar vista del detenido antes de dictar sentencia. Para que los sistemas procesales hayan tenido que imponer esta carga, quiere decir que había jueces que dictaban sentencia sin conocer al detenido. Este sistema naturalmente lo coloca al imputado ante el juez de garantía al momento de discutir su exacerbación.

A partir de la experiencia, ¿el sistema se podría aplicar a los delitos con penas mayores como los homicidios?

A mi no me cabe duda de eso. En primer lugar no existe ninguna base doctrinaria para fijar esta cuestión en los 15 años.

¿La extensión del sistema a toda la provincia replicará los altos porcentajes de resolución que se dieron en Mar del Plata, o el contexto de cada localidad influirá en su aplicación?

Primero es una cuestión de convencimiento del operador judicial. Segundo, va a depender de cada localidad en el sentido que Buenos Aires es una provincia variopinta en cuanto a geografía del delito. Hay departamentos judiciales donde la mayoría de los delitos son abigeato o accidentes de ruta. En lo que hace a departamentos judiciales grandes como Mar del Plata, Bahía Blanca y el conurbano no habría ningún inconveniente en que se repliquen los mismos resultados. Otro resultado grandioso es que ha descongestionado los tribunales. En aquellos delitos de no flagrancia se están fijando a tres o cuatro meses audiencia de juicio.

ONGS criticaron el paquete de reformas que impulsó el Gobierno por no creer que aporte solucione. ¿Cree que la flagrancia es un sistema bien encaminado en la Justicia de la provincia?

Si. Donde tiene flagrancia tiene aprendidos. Son causas donde por razones de plazos procesales han congestionado mayormente a la Justicia porque han tenido prioridad en el tratamiento. Si a esto logra darle un sistema habitual de tratamiento respetuoso de garantías y de derechos internacionalmente reconocidos en nuestra Constitución, y a su vez respetuoso de la celeridad procesal, del principio de oralidad, automáticamente el resto empieza a trabajar de otra forma. Y esto se está notando.



martín angulo / dju
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