04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Efecto boomerang II

Diario Judicial.com publica el fallo de la Cámara en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad que dejó sin efecto la cautelar de la jueza Liberatori, que en enero había ordenado reincorporar a los 2.300 empleados públicos porteños cesanteados. La Legislatura iba a tratar la semana próxima un proyecto de resolución para pedirle a Macri que cumpla con la medida que había dispuesto la magistrada. FALLO COMPLETO

 
Esta vez, Mauricio Macri tuvo a su favor a la Justicia. Luego del fallo de enero de la Justicia en lo Contencioso y Administrativo de primera instancia, ahora la Cámara de ese fuero dictó una resolución que favorece al Jefe de Gobierno porteño: dejó sin efecto la medida cautelar de la jueza Liberatori, que había ordenado reincorporar a los 2.300 empleados públicos de la Ciudad cesanteados.

Los jueces de la Sala I, Carlos Balbín y Esteban Centanaro, que constituyeron la mayoría, entendieron que “la desvinculación de las personas alcanzadas por la medida impugnada se habría producido por el mero vencimiento del plazo de los contratos”, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto que dispuso su contratación. Por ello no ven ningún acto administrativo lesivo de los derechos de los trabajadores.

“La relación jurídica que une a las partes habría culminado de pleno derecho en los términos previamente convenidos —sin necesidad del dictado de acto administrativo alguno que así lo declare—, a menos que se celebre un nuevo contrato o que las partes de común acuerdo aprueben su prórroga”, dice el voto del juez Balbín, que agrega que “el agente contratado por tiempo determinado tomó conocimiento de las condiciones de su vinculación con el Estado, entre ellas, el carácter temporario y fecha de vencimiento del contrato”.

Y en el mismo sentido se expresó Centanaro, que indicó que “la persona que sabe, al tiempo de su nombramiento, que éste tiene asignado un período determinado, estaría desde el comienzo de su relación de empleo en conocimiento de su situación de revista. Con posterioridad, no podría pretender que su status administrativo se trueque en otro”.

En cambio el juez Horacio Corti, en disidencia parcial, votó por incorporar a los trabajadores cesanteados al censo de empleados públicos que está realizando el Gobierno porteño para luego determinar si corresponde su reincorporación a través de un nuevo período de contratación.

Corti, al contrario del criterio de sus colegas, entendió que en “resguardo de la parte más débil de la relación jurídica” debe aplicarse el principio in dubio pro operario y aconsejó otorgar una protección precautoria.

En enero, la jueza Elena Liberatori de Aramburu, a partir de un amparo presentado por ATE, dictó una medida cautelar que ordenó a la gestión de Mauricio Macri reincorporar, bajo la modalidad de contratados, a los 2.300 empleados públicos cesanteados.

La decisión fue recurrida por el GCBA y ahora la cámara en lo Contencioso y Administrativo dejó sin efecto la decisión de la magistrada dejando a salvo que, si bien la medida revocada no coincide con el criterio jurídico de la alzada, “de ello no se sigue que quepa tacharla de arbitraria o irrazonable”.

Este no es el primer guiño de la Cámara al Jefe de Gobierno porteño. A mediados de febrero, la Sala II avaló la decisión del mandatario de intervenir la Obra Social de la Ciudad (ObSBA), revocando también una resolución de Liberatori, que frenaba la decisión del Ejecutivo.

El pedido que no podrá ser

La decisión del tribunal porteño también tendrá sus repercusiones en la Legislatura. Los diputados porteños tenían incluido en la agenda legislativa del próximo jueves tratar un proyecto de resolución por el cual se instaba al Ejecutivo a dar “inmediato cumplimiento a las medidas cautelares dispuestas por los Jueces de la Ciudad de Buenos Aires en amparos interpuestos por particulares que hubiesen sido afectados por la no renovación de contratos”.



dju / dju
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