24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Mendoza: reorganizarán el Ministerio Público

El Ejecutivo presentó un proyecto para crear la Ley Orgánica de ese ministerio. Entre otros aspectos, se prevé crear la figura del Defensor General, institucionalizando de esa manera a la Defensa Oficial. Los diputados provinciales comenzarán a estudiar la propuesta en las próximas sesiones. TEXTO COMPLETO

 
Impulsado por el gobernador de Mendoza Celso Jaqué, la Cámara de Diputados provincial comenzará a estudiar en los próximos días un proyecto de Ley Orgánica del Ministerio Público que prevé dos cambios fundamentales en su funcionamiento: la creación de la figura del Defensor General y la reorganización de las fiscalías.

La presentación de la propuesta había sido anunciada por Jaqué en su discurso de apertura de sesiones ordinarias en la Legislatura y ya tomó estado parlamentario.

“Resulta imperioso para Mendoza contar con una ley que precise la posición institucional y la composición del Ministerio Público y sistematice los deberes y atribuciones de cada uno de sus miembros, un reclamo constante en el ámbito judicial sobre todo a partir de la sanción del nuevo Código Procesal Penal”, indica el proyecto.

La novedad más importante que se busca introducir con la sanción de la ley es la institucionalización del Ministerio Público de la Defensa, que pasará a funcionar a la par del Ministerio Público Fiscal, ambos con independencia funcional y presupuestaria.

Para ello, se propone la creación de la figura del Defensor General, que al igual que el Procurador, deberá ser designado a propuesta del Ejecutivo con acuerdo de los senadores provinciales.

Así, la misión del Ministerio de Defensa será promover y ejecutar políticas para facilitar el acceso a la justicia y asegurar en todas las instancias y procesos el derecho de defensa, a través de la representación de los defensores oficiales.

Respecto al Ministerio Público Fiscal, el proyecto pretende reorganizar el funcionamiento de las fiscalías. Explica que la Constitución Provincial denomina “Fiscales de Primera Instancia” a los actuales Fiscales de Instrucción, Fiscales en lo Civil, Comercial y Minas y Fiscales de Menores y remarca que la propuesta “ha preferido englobarlos bajo la denominación “Agentes Fiscales”, sin perjuicio de separarlos sistemáticamente por fueros”.

Además, se establece como función de las fiscalías atender y asesorar a la víctima, para garantizar sus derechos y facultades; como así también proteger a quienes corran peligro por colaborar con la Justicia.

Hay que destacar que si bien se confirma la posición institucional del Ministerio Público como órgano perteneciente al Poder Judicial, el mismo funcionará bajo los parámetros de autonomía que consagra el artículo 120 de la Constitución Nacional. Y de esa manera, estará compuesto por el Ministerio Público Fiscal (integrado por el procurador general, los fiscales y agentes fiscales) y por el Ministerio Público de la Defensa (compuesto por el defensor general y los defensores de pobres, ausentes y menores).

dju / dju
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