27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

La puja por la publicidad callejera en la Ciudad

DiarioJudicial.com publica hoy el fallo del juez Roberto Gallardo que frenó el proceso de licitación del mobiliario urbano porteño. El magistrado hizo lugar a una cautelar presentada por una de las actuales concesionarias, que denunció que una de sus competidoras había adulterado documentación y que no cumplía con el requisito del capital accionario. FALLO COMPLETO

 
A través de una medida cautelar, el juez porteño en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Roberto Gallardo ordenó “la inmediata suspensión” del proceso de licitación destinado a reasignar la concesión de la fabricación, provisión, instalación, mantenimiento, conservación y retiro del mobiliario urbano de la Ciudad de Buenos Aires, que venció hace más de doce años y que sigue siendo explotado por cinco empresas a cambio de un bajo canon.

La decisión de Gallardo tuvo lugar el pasado viernes cuando intervino en el expediente 29954 /1 como juez de feria. Originalmente, la causa, iniciada a fines de junio, había recaído en el juzgado 12 de Alejandra Petrella. Allí, la empresa Spinazzola, una de las explotadoras actuales del mobiliario urbano, denunció irregularidades en el pliego de Sarmiento Publicidad, la competidora que mejor puntaje había obtenido de cara a la nueva concesión.

Según Spinazzola, en el procedimiento administrativo de la Licitación Pública nº 1/MMAGC-2006 que tramita por expediente nº 49.273, “se produjeron constantes irregularidades”. Entre ellas, sostuvo que Sarmiento Publicidad habría incurrido en la eventual falsedad ideológica de documentación relativa a información sobre sus antecedentes contractuales. Cuya denuncia penal yo fue atendida por la Cámara del Crimen, que decidió revocar el sobreseimiento de los imputados (accionistas de la oferente).

“De corroborarse los extremos apuntados, cuya seriedad surge de las propias evidencias documentales que están al alcance de cualquiera que desee verlas, el oferente debiera – por aplicación de las propias normas de la licitación- ser automáticamente excluído”. Además, el magistrado remarcó que “resulta llamativo el silencio evidenciado por la Administración, quien debiera a todo evento extremar y acelerar las previsiones a fin de despejar las sospechas”.

El otro planteo de Spinazzola, también vinculada con el oferente mejor posicionado en la instancia licitatoria, es la relativa a su composición accionaria. La parte actora sostiene que Sarmiento Publicidad, al momento de presentar su oferta, no acreditó que la composición de su capital social correspondía en un 70% a socios nacionales, como lo exige el pliego licitatorio, sino que por el contrario el 99.99% del capital se encuentra en manos de la empresa estadounidense “Outdoor Advertising LLC”.

En ese sentido, Gallardo indicó que de la “confusa e insustancial” defensa de Publicidad Sarmiento “surgen a las claras, evidencias que corroboran lo denunciado por los restantes oferentes (violación del porcentaje máximo tolerado por la ley nacional a través de la triangulación accionaria)”. A lo también señaló el juez que “no se verifica ninguna acción de la Administración sobre el particular”.

La concesión del mobiliario urbano venció hace más de doce años, sin embargo, el entonces jefe de Gobierno Fernando de la Rúa le permitió a las cinco empresas que explotaban la publicidad callejera la continuidad del contrato pagando un canon mínimo, cuando se trata de un negocio que mueve más de 300 millones de pesos por año.

Además de Spinazzola, las otras empresas que siguen la explotación son Rainbow, vinculada a Albistur; Wellon; la ya citada Sarmiento y una unión de empresas que integran Lesko, Trabacar y Siemens. Mientras que en la lucha por la nueva concesión se sumó la firma Viacart, ligada al empresario Daniel Hadad.

dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486