02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Un jubilado fue sobreseído por desconocimiento de la ley

Un juez de Córdoba absolvió a un jubilado que trabajaba como autonómo y cobraba por ello. El magistrado tuvo en cuenta la situación de extrema emergencia económica en que se encontraba el imputado.

 
Un jubilado por invalidez que sin embargo trabajaba, y que por esta razón fue acusado por fraude, resultó absuelto al contemplarse que desconocía la ley que sanciona esa conducta. El fallo del juez federal Alejandro Sánchez Freytes, beneficia a Nicolas Enrique Avila, de 53 años, quien había sido denunciado por la ANSES de fraude en perjuicio de la administración pública.

Para tomar esa resolución, el juez consideró la dramática situación que vive el acusado, un riojano de 53 años, quien junto a su esposa e hija vive en una humilde vivienda de Dumesnil, en el Gran Córdoba, a unos 20 kilómetros de esta capital. Por problemas cardíacos Avila debió dejar de trabajar en 1987 y según admitió, sin intentar disimularlo, tuvo después que buscar trabajo a pesar de su dolencia, porque los 200 pesos de jubilación no le alcanzaban para sustentarse él y su esposa inválida.

Avila, que percibía desde 1992 un haber como pasivo, comenzó en 1995 a trabajar como portero en el edificio de Fragueiro 187, en el centro de Córdoba, donde se desempeñó hasta marzo de 1997, cuando la ANSES lo denunció por presunta defraudación. "No sabía que siendo jubilado no podía trabajar en otro lado. Además, sólo estuve en un consorcio de edificios como portero, sin ninguna actividad que le hiciera mal a mi corazón", confidenció el hombre.

El juez analizó que la conducta de Avila encuadraría en principio en el delito de fraude en perjuicio de la administración pública, pero que le faltó un elemento esencial para configurar el delito, que en este caso es el dolo exigido por esa figura. "Tengo muy en cuenta especialmente la personalidad del encausado, su educación y hábitos de vida, destacándose en este sentido el hecho de ser una persona muy humilde, que vive en condiciones muy precarias y de escasa formación", remarcó. "Máxime -acotó-, si se tiene en cuenta que tiene estudios primarios incompletos hasta cuarto grado, por lo que es perfectamente factible el conocimiento defectuoso" de la ley.



dju / dju
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