27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

La justicia de Paraguay, paralizada por un paro

Desde el gobierno, se intimó a los sindicatos que representan a los empleados judiciales a abandonar la medida de fuerza, que ya lleva 20 días. Y hubo amenazas de despidos. Los huelguitas reclaman un 10% de aumento para 6700 funcionarios y casi 450 magistrados judiciales.

 
La huelga que realizan los empleados judiciales del Paraguay agrupados en el Sindicato de funcionarios Judiciales del Paraguay (SIFJUPAR) y en el Primer Sindicato de funcionarios Judiciales del Paraguay (PRISINTRAJUPAR) comenzó el 5 de noviembre. Desde el Gobierno paraguayo se intimó a los sindicatos a que culminen con la medida de fuerza. Lo anunció el viceministro de Trabajo y Seguridad Social, Raúl Mongelós.

La intimación por parte del gobierno pide además del cese de la medida de fuerza, la convocatoria a la audiencia conciliación con el Poder Judicial y el Poder Legislativo. De tal forma, en caso de omitir tal intimación por parte de los sindicatos judiciales, el gobierno amenaza con el reemplazo de los funcionarios. Así lo expreso el director General del Trabajo, Filemón Delvalle “Si no cumplen con la intimación los funcionarios se exponen a ser reemplazados en sus tareas, informó el director general del trabajo” dijo.

Los empleados judiciales piden un aumento de sueldo de un 10% para 6700 funcionarios y casi 450 magistrados judiciales. Durante este tiempo solo se garantizan los servicios básicos en la justicia paraguaya, como ser audiencia de libertades, emisión de cheques de prestación de alimentos, pago de Registros Públicos y Tasas Judiciales. Así como el funcionamiento de las audiencias de remate, restitución de menores y recepción de hábeas corpus y amparos constitucionales.

Voces en contra salieron al cruce de la medida organizada por los sindicatos SIFJUPAR y PRISINTRAJUPAR. La presidenta la Asociación de Abogadas del Paraguay, María Gloria Bobadilla habló acerca de la necesidad de establecer un sistema de control por parte de la corte suprema de ese país ya que hay muchos funcionarios que no trabajan. Y que el trabajo de estos lo realizan los practicantes.

Del mismo modo, Luis Armando Godoy, miembro de la directiva del Colegio de Abogados del Paraguay, se mostró a favor de que quienes hayan formado parte de la huelga no perciban sus cobros por los días no trabajados.

Además, el Procurador General de la Republica, José Enrique García, solicitó la calificación de la huelga como ilegal. Dicha resolución se encuentra pendiente en el fuero laboral.

En la Argentina el derecho a huelga se encuentra avalado por el articulo 14bis de la Constitución Nacional que dice que “Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”.

Tal como dice el Mario Ackerman con respecto a las huelgas es que son “alteraciones no queridas en nuestra vida cotidiana” pero “no deben llevar a ignorar u olvidar que la huelga es una expresión de la libertad sindical y ésta, a su vez, un derecho fundamental de los trabajadores”.



dju / dju
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