20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Demanda impugnativa contra los aumentos

Luz y fuerza

El Defensor del Pueblo de la Nación, Héctor Mondino, presentó este viernes una demanda impugnativa contra el Estado Nacional para que se declare la nulidad de las resoluciones -que permitieron los aumentos- por considerarlas “ilegítimas”. También solicitó una medida cautelar de carácter urgente y la habilitación de la feria judicial.

 
La Defensoría del Pueblo de la Nación, a través de su titular, presentó este viernes una demanda contra el Estado Nacional por medio de la cual solicitó una medida cautelar de carácter urgente para detener los aumentos en las facturas de energía.

En tanto que la Defensoría posee legitimación procesal otorgada por el articulo 86 de la Constitución Nacional y debe ejercer “el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas”, obró en consecuencia.

El texto de la demanda considera que las resoluciones de la Secretaría de Energía y las del ENRE son ilegitimas y “la aplicación de las mismas, a partir de las facturaciones del servicio de distribución de energía eléctrica de las empresas EDENOR S.A., EDESUR S.A., y EDELAP” han causado facturaciones con “valores irrazonables”.

“Constituyéndose, en consecuencia, en arbitrarios y manifiestamente ilegales por contrariar principios elementales de justicia contenidos en nuestra Constitución Nacional”. Por lo que se solicita “suspender el cobro de los valores contenidos en las facturas ya emitidas con base en el cuadro tarifario contenido en la mencionada Resolución 628/08 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el proceso”.

En la denuncia, el defensor del pueblo realizó una muestra a partir de casos en el que se visualizan los aumentos en las facturas de energía. En donde, por ejemplo, ante un aumento en el consumo de un 164 %, el incremento en la facturación del usuario fue de un 1.95, 67% ello debido a “un aumento en el cargo variable, en los impuestos y contribuciones y en el PUREE”.

También citó el caso de un usuario que carece otros servicios como el agua corriente y el gas, al que el consumo le disminuyó en un 5,89% pero la facturación se le elevó en un 347,90%. Esto producto de demostrar “la arbitrariedad en que se ha incurrido al establecerse los 1000/kwh/bim” como consumo límite para: a) establecer a su respecto nuevo precio de energía eléctrica; b) excluir los consumos superiores de los beneficios del PUREE; y c) aplicar sobre los nuevos valores los cargos por mayor consumo de energía previstos en el PUREE”.

Lo que le permite decir que “los derechos de los usuarios se encuentran vulnerados, pues mediante el dictado de actos administrativos se plasma una irracionalidad económica”.

En cuanto a otros derechos que se ven vulnerados, la demanda arguye es la violación del derecho a la información, pues el articulo 42 de la Constitución Nacional establece que “los consumidores y usuarios tienen derecho en la relación de consumo a la protección... de sus intereses económicos; a una información adecuada y veraz...; y a condiciones de trato equitativo y digno... Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos”, pues, “qué y cómo se informa, es esencial en la prestación de un servicio público” “Nunca informaron las empresas ni el gobierno nacional que los incrementos previstos impactarían en la facturación de la forma en que lo hicieron. Ello ha quedado recién comprobado con la llegada de las facturas a los domicilios” dice la demanda.

En cuanto al pedido de habilitación de la feria judicial, este es producto del carácter de urgencia de la medida solicitada, ya que de no tratarse esta situación “se corre el riesgo de que se dispongan miles de cortes de suministro atento las dificultades de pago por parte de los usuarios de las abultadas e injustas facturas recibidas”.

La palabra de las organizaciones de consumidores

Desde Adecua (Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina) plantearon que hasta el momento no le encuentran fundamento jurídico a la presentación realizada por el Defensor del Pueblo de la Nación. Aunque al ser consultado por Diariojudicial.com, Osvaldo Riopedre, Director Ejecutivo de Adecua, enfatizó sobre la cuota de responsabilidad que le cabe a las distribuidoras.

Ya que “deberían, las distribuidoras, haber explicado mejor la facturación del servicio a sus usuarios” y además planteó la necesidad de que los usuarios “vean cual es el uso racional de la energía que se puede realizar”.

Por su parte Osvaldo Bassano, titular de ADDUC (Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores), dijo que “hay que terminar con estos decretazos, no lo vemos útil y permiten que las empresas presten los servicio como quieran” y agregó “estos decretos bajan la calidad del servicio”.

Y fue un paso más allá que la presentación de Mondino, ya que considera que se deben renegociar todos los contratos con las empresas, y que una presentación de este tipo debe hacerse con todos los servicios públicos (cuestión que la asociación esta analizando) y no sólo con la luz.



dju / dju
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