20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los presos también votan

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires instó a los jueces penales a informar a la Cámara Nacional Electoral el lugar de detención de los presos procesados para conformar los padrones de votación en las cárceles. El Máximo Tribunal les exigió también a los magistrados que “extremen los recaudos pertinentes a fin de brindar, en debido tiempo y forma, la información”.

 
La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires les recordó a los jueces penales bonaerenses que tienen la “obligación” de enviar a la Cámara Nacional Electoral la información correspondiente al lugar donde están alojados presos procesados para poder confeccionar los padrones de votación en las unidades carcelarias.

La medida fue tomada para cumplir con los alcances de dos normas nacionales que dispusieron que los presos procesados puedan votar y para lo cual se creó un Registro de Electores Privados de la Libertad que lleva la Cámara Nacional Electoral.

Ese registro cuenta con información que los jueces penales deben suministrarle a la Cámara Nacional Electoral respecto al lugar de detención de los presos para poder así conformar los listados de votación en las distintas cárceles.

“Que resulta imprescindible destacar que -para el logro de los objetivos previstos- los aludidos magistrados deberán mantener -entre otros- permanentemente actualizado el dato relativo al lugar de alojamiento de los detenidos a su disposición”, sostuvo el Máximo Tribunal bonaerense en su resolución 217.

La ley 25.858 que reformó la ley electoral dispuso que “la Cámara Nacional Electoral confeccionará el Registro de Electores Privados de Libertad, que contendrá los datos de los procesados que se encuentren alojados en esos establecimientos de acuerdo con la información que deberán remitir los jueces competentes; asimismo habilitará mesas de votación en cada uno de los establecimientos de detención y designará a sus autoridades”.

Eso se dictó a partir de los cambios en la legislación que permitieron que “los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva, tendrán derecho a emitir su voto en todos los actos eleccionarios que se celebren durante el lapso en que se encuentren detenidos”.

La primera vez que los presos votaron fue en las elecciones presidenciales de octubre de 2007 y solo lo pudieron hacer los procesados. Si bien la ley que establece este derecho se sancionó en diciembre de 2003, su reglamentación entró en vigencia en agosto de 2006. las elecciones nacionales que el Gobierno pretende adelantar para junio serán el segundo comicios en el que los detenidos voten.

El Máximo Tribunal dictó la resolución a instancias de un proyecto de la procuración General de la provincia, María del Carmen Falbo, para celebrar un convenio con la Cámara Nacional Electoral y por el cual la jefa de los fiscales le pidió a la Suprema Corte que le reclame a los jueces que informen del estado de los detenidos.

“Que consecuentemente deviene necesario hacer saber dicha circunstancia a los señores magistrados del fuero penal de este Poder Judicial, exigiéndoles asimismo que extremen los recaudos pertinentes a fin de brindar, en debido tiempo y forma, la información prevista al registro mencionado”, sostuvo la Suprema Corte.

Respecto al convenio que prevén firmar la Procuración y la Cámara Nacional Electora, la Suprema Corte sostuvo que “constituirá una herramienta eficaz para la formación del Registro de Electores Privados de Libertad cuya creación prevén las normas arriba mencionadas”.

La resolución de la Suprema Corte fue firmad por los jueces Juan Carlos Hitters, Luis Genoud, Hector Negri, Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria.



dju / dju
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