En Mendoza las infracciones menores están reguladas por la Ley Nº 3365, el Código de Faltas de la Provincia, del año 1965. En su Titulo III “Faltas contra la Moralidad” se regulan la “Prostitución escandalosa y homosexualismo” y la “Prostitución peligrosa”. Allí está previsto la pena de hasta treinta días de arresto y altísimas multas en dinero al ejercicio del trabajo sexual, la existencia de locales, la explotación del trabajo sexual ajeno y la portación de enfermedades.
AMMAR habló con integrantes de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de la Legislatura, entre ellos su presidente Raúl Millán, y los legisladores Daniel Cassia, Gabriela Sánchez, Raúl Vicchi y Daniel Ortiz, para intentar dejar sin efecto el Código.
Mientras tanto, la Cámara de Diputados provincial tiene pendiente el tratamiento de la media sanción del Senado en octubre de 2008 con modificaciones al Código de Faltas.
Desde AMMAR ratificaron la “inconstitucionalidad” del Código, y aseguraron que el mismo entra en contradicción con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados en la Constitución Nacional en 1994, y con el Plan Nacional Antidiscriminación.
Además, trabajadores sexuales de Mendoza aseguraron que son víctimas de la “persecución policial” y de ser sometidas a “exámenes compulsivos de salud”. Al respecto, afirmaron que esto va en contra de la Ley Nacional de Sida que establece el carácter voluntario y confidencial de los exámenes de salud.
En diciembre del año pasado, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia dictaminó a favor de la derogación de la Ley Nº 3365 (Código de Faltas de la Provincia). Al referirse en dicho dictamen sobre la penalización de la prostitución, señaló: “se trata de uno de los artículos que más vulnera los principios modernos de derecho penal, así como derechos humanos fundamentales”.
La AMMAR aprovechó al reunión para cuestionar el nuevo Código de Faltas que tiene media sanción del Senado y tiene pendiente ser resuelto en Diputados. Entre otros puntos, señalaron como preocupante que se estipule que como castigo al contraventor, si es beneficiario de un plan social, será sancionado con la quita de este plan.
“Este nuevo Código de Faltas está claramente destinado a perseguir a las personas más pobres, como vendedores ambulantes, chicos en situación de calle y mujeres trabajadoras sexuales”, señalaron desde AMMAR.