El fallo de un conjuez impone un plazo máximo de 48 horas para ejecutar el desembolso, ya que los jueces recurrieron a razones de fuerza mayor aduciendo "necesidades alimentarias", aunquela ley de emergencia económica que rige en la provincia desde 1999 impide la ejecución de sentencias judiciales. La resolución arribó a la sede del Nuevo Banco de Santa Fe y el caso está caratulado "Avalos Benjamín y otros sobre recursode amparo" y fue originado en 1992, cuando los jueces no aceptaron una fórmula salarial definida para el Poder Judicial.
La negativa de los magistrados a acatar la denominada "ley Bof" los llevó a interponer un recurso ante los Tribunales, que fue tramitado en el juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la primera Nominación. La resolución del conjuez dispuso el embargo de fondos sobre la cuenta 9001 (corresponde a rentas generales) y/o cualquier otra que posea la provincia como titular "hasta cubrir 8.330.251 pesos, de los cuales 6.170.251 son en concepto de capital y 2.160.000 que se calculan provisoriamente porintereses y costas". De todas maneras, la ley de emergencia económica sancionada el año pasado por la Legislatura provincial impide la ejecución de sentencias judiciales.