“Formular un severo llamado de atención a los titulares de los Juzgados de Instrucción y Correccional Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Primera Circunscripción Judicial y de los Juzgados de Instrucción y Correccional Nros. 1 y 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, exhortándolos a mejorar durante el año dos mil diez el rendimiento de sus respectivos Juzgados”, dispuso el STJ en su acuerdo de la semana pasada.
El reto de los jueces Héctor Tievas, Ariel Gustavo Coll, Arminda del Carmen Colman, Eduardo Manuel Hang y Carlos Gerardo González llegó por el “por el bajísimo índice de sentencias que se observa de los informes estadísticos pertinentes” de este año.
El Máximo Tribunal le recomendó a los jueces la “realización de Audiencias de Juicios Correccionales en horario vespertino cuando fuere insuficiente el turno matutino”, que concluye a las 13:30.
A través de un comunicado, el STJ recordó que hace algunos años hubo una ampliación de la cantidad de juzgados y que cada juez correccional y de instrucción está de turno solamente dos meses por año “restándole el resto del periodo anual para trabajar las causas ingresadas en esos 60 días”.
Los jueces laborales también fueron advertidos por el Máximo Tribunal que ordenó un nuevo mecanismo para las audiencias de vista.
En este caso, ante una presentación del Consejo Profesional de la Abogacía, se advirtió que las audiencias de vistas entre las partes eran suspendidas durante semanas o meses ante la finalización del horario judicial.
Ahora el los jueces del Máximo Tribunal dispusieron que “las Audiencias de Vista de Causa del fuero laboral que por su extensión no alcancen a finalizar en el horario hábil judicial, deberán continuar en el horario vespertino de la misma jornada hasta su finalización”.
Y en el caso “de Audiencias de Vista de Causa no iniciadas y suspendidas en su realización, deberán fijarse en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, incluyendo el horario vespertino.
“Debe tenerse en cuenta que en todo juicio laboral, están en juego derechos de carácter alimentario, cuya dilación en el tiempo conspira contra la parte más débil de la relación y contra la propia finalidad de la ley, cuando pretende que en un debate oral, las partes puedan aportar todas las pruebas que consideren necesarias, y en la misma jornada se pronuncie el veredicto”, recordó el STJ.