02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Fijan pautas para la defensa en la Provincia

Todos los tribunales deberán notificar un cambio de defensa de los imputados ante la Suprema Corte y el Tribunal de Casación Penal. Y el defensor privado deberá fijar domicilio si presenta una apelación ante alguna de esas dos instancias. Para el Máximo Tribunal, la falta de notificación de un cambio de defensa “puede generar al imputado una situación de indefensión”.

 
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dictó una resolución por medio de la cual reguló el funcionamiento de las defensas públicas y privadas ante el Tribunal de Casación Penal: ahora, los jueces deberán notificarle al Máximo Tribunal y a Casación “cualquier modificación operada en la causa respecto a la intervención de la defensa técnica del imputado”.

También estableció que la defensa oficial tomará la defensa del imputado si su letrado privado no fija domicilio dentro del radio de Casación o de la Suprema Corte cuando interponga una apelación en ambos tribunales.

“Se observa en la práctica que, en cuantiosas oportunidades, no se realiza la notificación de rigor cuando la causa se encuentra en etapas revisoras y la mentada modificación no se desprende de las constancias documentales que obran en poder del órgano revisor”, sostuvo el Máximo Tribunal en la resolución 665.

La Suprema Corte dictó la resolución a pedido del defensor ante el Tribunal de Casación Penal, Mario Luis Coriolano, para que se regule el artículo 92 del Código Procesal Penal de la provincia. Esa norma señala que “si el expediente pasare de un departamento del interior al Tribunal de Casación o a la Suprema Corte, el imputado será defendido por el Defensor del Tribunal de Casación, mientras el defensor particular no fije domicilio”.

Coriolano basó su pedido en la necesidad de reforzar el derecho del imputado a elegir su defensa de confianza y en evitar nulidades en la causa.

La Suprema Corte entendió que la falta de notificación de un cambio de defensa “puede generar al imputado una situación de indefensión, que se impone evitar, en pos de garantizar su derecho de defensa en juicio”.

Por eso ordenó “los jueces y/o tribunales de la instancia departamental, deberán notificar a las partes y a los Tribunales Superiores actuantes (Tribunal de Casación Penal / Suprema Corte de Justicia), cualquier modificación operada en la causa respecto a la intervención de la defensa técnica del imputado”.

También impuso que el defensor privado deberá fijar domicilio en el caso que presentó una apelación en Casación o la Suprema Corte. “Si no lo hiciere, se lo intimará para que cumpla dicha carga, bajo apercibimiento de dar intervención a la Defensa Oficial (art. 92 in fine del C.P.P.) y proceder a su sustitución, con la debida notificación al imputado”, advirtieron los jueces.

La resolución fue firmada por los magistrados Luis Genoud, Hilda Kogan, Hector Negri, Eduardo Pettigiani, Eduardo de Lazzari y Daniel Soria.

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dju / dju
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