En la ampliación, dirigida al presidente del organismo, Luis María Cabral, se incorporan como prueba consideraciones realizadas por la Cámara Federal en el fallo dictado el 15 de julio pasado y que confirmó el procesamiento de Mauricio Macri como miembro de una asociación ilícita.
Los argumentos de la ampliación radican en que en aquella resolución de la sala I, “Incidente de apelación del resolutorio de fecha 14 de mayo de 2010”, los camaristas “abonaron” la versión de la denuncia que fuera presentada contra Oyarbide, donde sostienen que “el magistrado dispuso los procesamientos en base a indicios y presunciones, antes que por la eficaz investigación de los hechos”.
Los extractos a los que se hacen mención son en el apartado V, donde sostienen: “De allí no se deriva, sin embargo, que las diligencias propuestas por la defensa no deban hacerse, pues, más allá de lo que se ha visto hasta aquí, es también cierto que algunas cuestiones deban profundizarse, sobre todo cuando es esa parte la que lo solicita para poder ejercer una defensa eficaz.”.
Y en su último párrafo también los jueces concluyen: “Así como se reclama descubrir al verdadero interesado detrás de las escuchas de Leonardo -por ejemplo en lo que concierne a Franco Macri y a la empresa Ackerman Group-, lo mismo debiera procurarse en relación a las restantes intervenciones”.
El expediente contra Oyarbide está siendo instruido por el consejero Ernesto Sanz tras una presentación de los diputados Federico Pinedo, Jorge Triaca, Gladys González, Paula Bertol, Christian Gribaudo, Gabriela Michetti y Laura Alonso.
Lo acusaron por “mal desempeño” en los términos del artículo 53 de la Constitución y 25 de la ley del Consejo de la Magistratura. Ya que en que en una nota concedida a un medio gráfico el 17 de enero, Oyarbide había deslizado que podría citar a indagatoria a Macri y a otros funcionarios, algo que se concretó tres meses más tarde.