20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Violencia doméstica

En España se acaba la presunción de inocencia para padres maltratadores

El gobierno español aprobó una disposición para que los hijos que estén sometidos a proceso penal por violencia de género permanezcan durante el juicio con el padre denunciante y no con el denunciado. Críticas por no tener en cuenta la “presunción de inocencia”.

 

El Consejo de Ministros de España dio luz verde a una resolución para que aquellos hombres que estén involucrados en un proceso penal por violencia de género no puedan ejercer la custodia individual de los hijos cuando estén también involucrados en un proceso de separación o divorcio.

El vicepresidente primero y portavoz del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, dijo que se trataba de una medida “de carácter cautelar” que deberá adoptar el juez de lo Civil para proteger a los hijos mientras se resuelve el proceso penal abierto contra el presunto maltratador. “Queremos evitar que la custodia individual de los hijos caiga -en un proceso civil por separación o divorcio- en una persona que está imputada en un proceso penal por malos tratos”, sostuvo el funcionario.

“Pensamos que lo niños van a estar mejor, no con el presunto maltratador o maltratadora, sino con el presuntamente maltratado”, expresó Rubalcaba este viernes y descartó que la medida choque contra la presunción de inocencia. En ese sentido, afirmó: “Todas las medidas cautelares lo que hacen es preservar otro bien”.

El texto aprobado este viernes consigna: “El Gobierno considera prioritario avanzar en la protección de los menores que se encuentran expuestos a la violencia de género y sufren sus consecuencias de manera directa o indirecta. Para preservar su interés superior y facilitar su recuperación, se instará, a través de la reforma del Código Civil, la reforma legal que impida la posibilidad de atribuir la guarda y custodia individual al progenitor que esté incurso en un proceso penal por violencia de género”.

La redacción actual del Código Civil español señala que cuando existe un proceso penal por malos tratos no cabe la custodia compartida, sino que el juez de lo Civil tiene que optar por asignársela a una de las partes que solicitan el divorcio o separación. Asimismo el Gobierno ibérico aprobó que las víctimas de la violencia de género compatibilicen las ayudas económicas por este concepto con la pensión contributiva.

En un diálogo virtual organizado por la periodista Naiara Galárraga, Francisca Verdejo, referente de la asociación progresista Jueces para la Democracia sostuvo que “los juzgados no acabarán con la violencia de género porque cuando el caso llega el daño está hecho”. “Es preciso incidir en la educación, en la familia y en la prevención”, completó la magistrada española.

En tanto, José Antonio Ballester, representante de la Asociación Profesional de la Magistratura (mayoritaria y conservadora) dijo: “Refinar los instrumentos legales para luchar contra el maltrato y la violencia de género parece positivo, es lo adecuado”.



dju

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