20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

La regulación de prepagas es ley

Tras dos años y medios de idas y vueltas en el Congreso, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que regula la medicina prepaga por 190 votos a favor y ninguno encontra, aunque hubo 29 abstenciones. La iniciativa tenía media sanción del Senado y ya había pasado por la Cámara baja, pero volvió ´mejorada´.

 

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles y convirtió en ley el proyecto que regula el funcionamiento de las empresas de medicina prepaga, tras aceptar las modificaciones introducidas por el Senado a la norma.

La iniciativa, que empezo a debatirse a las 14,30 y se votó a las 19.30, fue aprobada por 190 votos con el respaldo del Frente para la Victoria, el radicalismo, el Gen, el socialismo, el Peronismo Federal y la abstención de la Coalición Cívica y el PRO.

Entre otras cuestiones, la nueva legislación establece que, a partir de cierta cantidad de años de aportes, las prepagas no podrán aumentar las cuotas para esos afiliados mayores, por entender que los aportes que hicieron de jóvenes saldan ampliamente la brecha, según informó la agencia Télam.

Entre otros puntos, la normativa propone un Programa Médico Obligatorio (PMO), un sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad, la cobertura de planes médico asistenciales, y la eliminación de los plazos de carencia. Estos períodos estipulan la cantidad de tiempo que debe pagar un usuario de medicina prepaga antes de ser beneficiario de las prestaciones. 

Además, la nueva ley brinda una especial atención a los casos de personas mayores de 65 años. A partir de ahora éstos no podrán ser discriminados a la hora de ingresar a una empresa de medicina prepaga por su edad. Además, la normativa vigente establece que a los beneficiarios que tengan más de diez años de aportes se les suba la cuota a partir de esa edad. Pero con la nueva legislación, ya no se podrá imponer esta condición.

Las modificaciones introducidas por la media sanción de los senadores son la exclusión de las mutuales y cooperativas de la normativa, que ya están reguladas por otro régimen, y la eliminación del artículo 22 que inmovilizaba el 50% del capital de las empresas en concepto de "reserva técnica" para dedicarlo a instrumentos financieros.

A su vez, la normativa recoge jurisprudencia a favor de de los usuarios que se fue desarrollando en los últimos años.



dju
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