22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

El Consejo modificó el Reglamento de Concursos

Es para solucionar el problema de la poca cantidad de jurados ampliando la convocatoria. Para ello se modificaron los artículos 1 y 2 del reglamento. Existen otras modificaciones que se están analizando.

 

Luego de generada la vacante, uno de los primeros pasos que se llevan adelante para poder realizar el llamado a concurso, es la integración del jurado. Hecho que se volvió un obstáculo en el proceso, desde hace un tiempo a esta parte, por la escasez dentro de los listados de dónde elegir.

Es por ello que una de las primeras acciones que se impulsaron desde el Consejo, específicamente impulsada por el consejero Hernán Ordiales y el presidente de la Comisión de Selección, Manuel Urriza, fue precisamente la modificación del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes en sus artículos 1 y 2 para ampliar la convocatoria.

El plenario aprobó las modificaciones y a partir de ahora la Comisión requerirá a la Asociación de Magistrados (AMFJN); a las Cámaras de Casación y de Apelaciones Federales y Nacionales; como así también a las universidades nacionales, públicas o privadas; como así también al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y a la Federación Argentina de Colegios de Abogados, para que, en un plazo de treinta días, remitan el listado de los candidatos para ser jurados.

También se agregó la invitación a los magistrados jubilados para participar como jurados en los diversos concursos. Además se hizo más flexible el requisito de que los candidatos propuestos deban estar inscriptos en el Registro Nacional de Jurados de Jueces, puesto que “la Comisión podrá exceptuar de cumplir con este requisito a quienes por su trayectoria y actividad académica estén notoriamente capacitados para ejercer la función”.

En reuniones anteriores los consejeros había debatido la posibilidad de que eliminar la obligatoriedad de que los jurados sean ajenos a la jurisdicción de donde surge la vacante. Sin embargo, se decidió dejar como “regla general” que los jurados sean ajenos a la jurisdicción del cargo que se concursa, aunque, mediante “resolución fundada” la Comisión podrá apartarse de tal regla.

En otro orden de cosas ya se barajan algunos cambios más. Se trata de la prueba oral en donde algunos de los consejeros ya han mencionado que el impedimento de que los jurados intercambien opiniones con otros jurados sobre lo que van a tomar en dichos exámenes es “de cumplimiento imposible”.

A ello se suma el pedido de fijar pautas para resolver el examen oral. Los consejeros acordaron comenzar el análisis de estos temas, en próximas reuniones.

 



dju

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