Aumento a judiciales | Ley sobre Comunicación electrónica judicial | Macri y Estensoro, habilitados | Jujuy: nuevo Código Procesal Penal y capacitación | Sí a la extracción compulsiva
La Corte otorgó aumento a judiciales
La Corte Suprema otorgó un aumento salarial del 10 % para todo el Poder Judicial, retroactivo al 1º de mayo. Según informaron fuentes oficiales “el aumento es remunerativo y bonificable para todas las categorías del Poder Judicial de la Nación”. Al mismo tiempo aclararon que el aumento será afrontado con dinero propio puesto que “la Jurisdicción cuenta con los recursos financieros suficientes para atender la mayor erogación, no requiriendo aportes del Tesoro Nacional”. Para ello el Máximo Tribunal pidió al Jefe de Gabinete la modificación de las partidas presupuestarias “para otorgar dicho incremento salarial”.
Despapelización de la Justicia
La provincia de Jujuy cuenta con un nuevo Código Procesal Penal, que implica cambios importantes en las “formas” de tramitación de las causas del fuero. Para implementar el nuevo sistema el Poder Judicial ha dado inicio a las jornadas de capacitación de sus recursos humanos. Una primera etapa del plan se llevará adelante mediante el dictado de un curso teórico para los empleados ingresantes. Se trata de un seminario de veintidós módulos con contenidos específicos que estará a cargo de funcionarios del fuero penal. Esta primera fase concluirá el 23 de junio próximo con una evaluación de los contenidos dictados. Posteriormente, entre el 28 y el 7 de julio se desarrollará la segunda etapa del plan de capacitación, consistente en un curso teórico-práctico destinado a magistrados, funcionarios y empleados en general.
La Sala II Cámara de Casación Penal, integrada por Luis García, Guillermo Yacobucci y Raúl Madueño, rechazó el recurso de casación presentado por los letrados apoderados de Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, que confirmó la decisión de la jueza de primera instancia en cuanto dispuso "hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, disponiendo así la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas pertenecientes en forma indubitada a Marcela y Felipe Noble Herrera, las que resultan necesarias para dar curso al peritaje de poligformismo de ADN con fines identificatorios ordenado en autos”. Asimismo, el tribunal dispuso "reformar el alcance de la decisión recurrida, limitando la comparación de los perfiles de ADN obtenidos de las muestras de Marcela Noble Herrera a los perfiles de ADN de las muestras aportadas al Archivo Nacional de Datos Genéticos por parientes de personas detenidas o desaparecidas –con certeza- hasta el 13 de mayo de 1976, y limitando la comparación de los perfiles de ADN obtenidos de las muestras de Felipe Noble Herrera a los perfiles de ADN de las muestras aportadas a ese archivo, por parientes reclamantes con relación a personas detenidas o desaparecidas –con certeza- hasta el 7 de julio de 1976". Pablo Llonto, querellante en la causa por una de las familias que reclama el estudio, anunció que sí apelará esta parte de la decisión por considerar que la ley establece que las muestras deben cruzarse con todas las dejadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos. "La ley así lo establece y porque además se comprobó que los expedientes de adopción fueron fraguados, desde el relato inicial de que a Marcela la dejaron en una caja de zapatos en la puerta de Ernestina", explicó.