La Cámara Civil y Comercial Federal revocó una resolución de primera instancia pues consideró que su Fuero era el competente para conocer y resolver acerca de una acción de daños y perjuicios iniciada por un particular contra el Consejo de la Magistratura de la Nación y, en particular, contra un funcionario del Poder Judicial Federal del Chaco, por abuso de autoridad.

La Sala III del Tribunal de Apelaciones, integrada por los magistrados Guillermo Antelo y Graciela Medina, manifestó que era competente el Fuero Civil y Comercial, y no el Contencioso Administrativo, dado que los daños y perjuicios que reclamaba el actor se regían por las normas del derecho común.

En el caso, una mujer interpuso una acción para reclamar daños y perjuicios contra el Consejo de la Magistratura de la Nación, y en particular, contra un funcionario de la Justicia Federal de la provincia del Chaco, por supuestos abusos de autoridad.

El magistrado de primera instancia del Fuero Civil y Comercial consideró que no era un asunto de su competencia por estar en juego la responsabilidad del Estado y en consecuencia, se declaró incompetente. Entre tanto, el Fiscal Federal interpuso un recurso de apelación pues entendió que era improcedente la declaración de incompetencia del juez de grado.

En concreto, la Cámara Federal señaló que correspondía revocar la decisión del magistrado de primera instancia que se declaró incompetente para conocer la acción porque se encontraba "cuestionada la responsabilidad extracontractual del Estado por abuso de autoridad" y entonces consideró, erróneamente, que correspondía atribuir la competencia al Fuero Contencioso Administrativo Federal".

Al tomar tal decisión, el Tribunal Civil y Comercial afirmó que no correspondía la intervención del Fuero Contencioso Administrativo Federal "toda vez que no se impugnan actos de la Administración".

"Lo que se persigue es la reparación de los daños y perjuicios que habría causado al actor la conducta de un funcionario judicial –a quien se le imputan abusos de autoridad-", lo que determina que el asunto "no se va  a resolver prioritariamente por la aplicación de normas del derecho administrativo, sino de normas que no exceden del derecho común", explicó con claridad la Cámara.

Por lo tanto, el Tribunal Federal de Apelaciones decidió admitir el recurso de apelación del Fiscal y revocar la decisión del magistrado de primera instancia de declararse incompetente para conocer el caso.

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dju
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