20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Amparos a favor del derecho a la identidad

Se trata de cinco presentaciones por personas transexuales ante la Justicia Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad contra el Gobierno porteño para que se proceda a su cambio registral de nombre y sexo.

 

Cinco personas trans - expresión que abarca a travestis, transexuales y transgéneros- interpusieron acciones de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de que el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Capital Federal proceda al cambio registral de su nombre y sexo. Los recursos fueron presentados ante la Justicia Contencioso, Administrativo y Tributario de la porteña.

En concreto, en las acciones se solicita que el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires modifique el nombre y sexo con el que fueran inscriptas las amparistas al nacer y reconozca su identidad de género.

Es que según informaron desde las asociaciones que patrocinan los amparos, la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), “la modificación de estos datos en los registros constituye un presupuesto mínimo para el reconocimiento de la dignidad personal de las personas trans quienes desde hace años”.

Los amparos fueron presentados entre el 16 y el 21 de diciembre pasados, y se encuentran tramitando ante el fuero CAyT porteño. Tres de ellos ante el Juzgado CAyT Nº 8 a cargo de Osvaldo Otheguy, uno ante el Juzgado CAyT Nº 14 a cargo Nidia Cicero y uno ante el Juzgado CAyT Nº4 a cargo de Elena Liberatori.

Los pedidos se fundamentan en “los derechos a la libertad personal, autonomía individual, dignidad humana, identidad de género e igualdad y no discriminación, todos ellos derechos humanos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución Nacional, en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en diversos instrumentos internacionales de Derechos Humanos incorporados con jerarquía constitucional a nuestro ordenamiento jurídico”, destacaron las organizaciones.

“No garantizar este derecho impide a las personas trans realizarse como personas y coarta su capacidad de tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que han elegido para sí” explican y aclaran que ello “también, promueve la discriminación que padecen al momento de ejercer sus derechos políticos, laborales, atención a la salud y educación”.

Las presentaciones realizadas por los amparistas se realizan luego de que previo al recambio legislativo la Cámara de Diputados lograra la media sanción del proyecto de Ley de Identidad de Género y Atención Integral de la Salud a las Personas Trans que tramita en el parlamento desde el año 2007. El proyecto con media sanción establece que “toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida” y la define como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.

Asimismo, fija las condiciones para el acceso pleno del colectivo trans a los servicios de salud y tratamientos relativos a la identidad de género en los sistemas público y privado de salud, a partir de su incorporación en el PMO (Plan Médico Obligatorio). Aclarando que “en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico” para realizar el trámite de “rectificación registral del sexo”.

 



dju

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