La Justicia jujeña admitió la demanda de divorcio por adulterio interpuesta por un hombre contra su ex mujer. El Tribunal tuvo por probada la infidelidad de la esposa con base en la declaración de testigos y en una carta que habría sido escrita por la propia señora, en la que relataba su relación con un tercero.
La Vocalía II del Tribunal de Familia de Jujuy admitió la demanda de divorcio vincular de un esposo y declaró que la ruptura había sido producto del adulterio y las injurias graves de la mujer. La reconvención deducida por la accionada fue rechazada. Una carta y declaraciones testimoniales fueron los elementos acreditantes de la infidelidad.
En particular, los magistrados Jorge Meyer y Miguel Ángel Puch indicaron que la causal de adulterio había sido "suficientemente probada" pues una testigo había indicado que la esposa demandada "salía" con un señor y que había sido vista con ese hombre "tomada de la mano", pese a que aún convivía con el marido.
Además, los jueces provinciales afirmaron que también concurría la causal de injurias graves porque "la conducta de la esposa importa un serio menoscabo a la dignidad de su cónyuge, ejercitada públicamente, y ha sido la causa de la ruptura de la pareja".
En el caso, un hombre interpuso una demanda por divorcio vincular contra su esposa. Al hacerlo, invocó la causal de adulterio y afirmó que su mujer tenía relaciones extramatrimoniales con terceros. También acusó a su ex pareja de haber abandonado, en forma voluntaria y maliciosa, el hogar que compartían y de injuriarlo gravemente con su conducta.
Por su parte, la esposa demandada negó todos y cada uno de los hechos endilgados por el marido y lo reconvino por injurias graves. De modo puntual, se quejó de las acusaciones de adulterio. A su vez, afirmó que el motivo de la ruptura del vínculo era el maltrato psicológico que su ex esposo le propinaba de modo constante.
Llegado el asunto ante el Tribunal de Familia, los magistrados explicaron que la declaración testimonial que aseveraba que la demandada había sido vista en diversas oportunidades junto a otro hombre "viene a complementar y confirmar la carta manuscrita atribuida a la demandada" en la cual "se relatan de manera explícita las relaciones amorosas y sexuales con un tercero".
Acto seguido, los vocales señalaron que al informarse a la accionada de la existencia de esa carta, la mujer no "desconoció expresamente su autenticidad", por lo que debía considerarse "que ha sido escrita por su puño y letra, y es expresión de su voluntad, siendo irrelevante que carezca de los datos de tiempo y lugar".
"Los hechos se desarrollaron durante el matrimonio, dato suficiente para tener por configurada la causal que ha sido definida como toda unión sexual extramatrimonial en que incurre un cónyuge con persona de otro sexo no consentida ni impulsada por el otro", puntualizó el Tribunal de Familia.
Dicho eso, los jueces provinciales admitieron la existencia de injurias graves en contra del marido actor. No obstante, rechazaron el abandono voluntario y malicioso invocado por el esposo pues según la prueba "el cese de la convivencia se produjo de mutuo acuerdo por existir circunstancias que hacían imposible la convivencia" y "no por decisión unilateral de la demandada".
Luego, en cuanto al maltrato psicológico alegado por la esposa como injuria grave, el Tribunal jujeño aseveró que "el comportamiento endilgado al esposo no tiene la entidad suficiente para tener por configurada la misma, habida cuenta que no se cumple el extremo de la gravedad exigido por la normativa".
Por lo tanto, el Tribunal de Familia admitió la demanda de divorcio vincular promovida por el esposo y declaró que la ruptura se había producido por culpa de la cónyuge accionada. La reconvención de la mujer fue rechazada.