05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024
CorteIDH

¿Otra sentencia contra la Argentina?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estudiará si dicta sentencia en un caso por la presunta violación de los derechos a la protección judicial, a las garantías judiciales y a la protección de la familia. Fue en un caso de una niña entregada en adopción sin el consentimiento del padre.

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) estudiará en su 45 Período Extraordinario de Sesiones, que comenzó este lunes en Guayaquil, Ecuador, la posibilidad de dictar sentencia en un caso contra la Argentina por la presunta puesta en adopción de una niña sin el consentimiento del padre.

Se trata del caso “Fornerón e Hija Vs. Argentina”, enviado a la CorteIDH en noviembre del 2010 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y donde se analiza la presunta violación de los derechos a la protección judicial, a las garantías judiciales y a la protección de la familia, en relación con los derechos del niño, por la supuesta entrega en adopción de la hija biológica del señor Fornerón a una pareja sin su consentimiento.

En el caso la niña fue concedida por su madre en guarda preadoptiva a un matrimonio sin el consentimiento de su padre, quien no tiene acceso a la niña, y el Estado no ha ordenado ni implementado un régimen de visitas a pesar de las múltiples solicitudes realizadas por este a lo largo de más de diez años.

La CIDH envió el caso a la CorteIDH ya que consideró que “la demora de años en los procedimientos judiciales fue especialmente relevante en la determinación de la situación jurídica de Milagros y de su padre, puesto que las autoridades judiciales establecieron la adopción simple de Milagros a favor del matrimonio guardador el 23 de diciembre de 2005”.

“La demora injustificada en los procedimientos se convirtió en la razón para desconocer los derechos del padre” por lo que para la Comisión, el padre “no tuvo acceso a la protección y garantías judiciales requeridas”.

La Comisión sometió el caso a la jurisdicción de la Corte por “la falta de cumplimiento de las recomendaciones por parte del Estado y la consecuente necesidad de obtención de justicia y protección efectiva de los derechos a la protección a la familia y del interés superior de la niña, así como la necesidad de que el Estado modifique su ordenamiento jurídico en materia de venta de niños y repare de manera integral las violaciones a los derechos humanos del caso”.

La CorteIDH está compuesta por Diego García-Sayán (Perú) –presidente-; Manuel E. Ventura Robles (Costa Rica), -vicepresidente-; Leonardo Franco (Argentina); Margarette May Macaulay (Jamaica); Rhadys Abreu Blondet (República Dominicana); Alberto Pérez Pérez (Uruguay); y Eduardo Vio Grossi (Chile).

 



dju

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