La Justicia de Salta procesó a un hombre que ataba a su cama a su pareja para que no saliera de la casa. "El contexto en que los hechos objeto del presente proceso se desarrollaron y que resultan claros reveladores de violencia ejercida contra la mujer”, consigna la jueza.
Norma Vera, titular del juzgado de Instrucción Formal de Segunda Nominación de Orán, provincia de Salta, dispuso el procesamiento de un hombre por los delitos de lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad ya que no dejaba salir a la mujer de la casa e incluso por las noches la ataba a la cama.
Se trata de la causa “Silguero, Ángel Simón – Lesiones gravísimos, amenazas y privación de la libertad – Vargas Cecilia Judit” se inició con la denuncia realizada por la mujer con respecto a los hechos que se produjeron entre septiembre y octubre del año pasado cuando su pareja la maltrató cruelmente.
Según consta en el expediente, la pareja se dirigió a una finca donde el hombre trabajaría en tareas de desmonte. Tal y como relató la mujer en su denuncia “su concubino comenzó a agredirla físicamente a diario sin dejarla salir de la vivienda” y “atándola por las noches a la cama”.
También, Ángel Simón Silguero, “en una oportunidad la agredió con un machete en la cabeza y le quemó el cuello con un tizón, que todos los días la amenazaba que si decía algo la iba a matar, teniéndola encerrada por más de un mes, impidiéndole a la dicente concurrir al hospital a fin de ser asistida”.
Como recibía tantos golpes que le provocaban heridas que no eran atendidas, éstas se fueron llenando de gusanos que Silguero sacaba con una aguja caliente. “Si me denuncias te mato a vos y a cualquiera de tu familia”, le dijo el hombre en oportunidad de dejarla a la mujer “sin plata” en un cruce de rutas en Pichanal para que se atendiera las heridas. La mujer se fue a Embarcación, donde junto a un tío hizo la denuncia de lo vivido.
Los sucesivos exámenes médicos permitieron comprobar las improntas dejadas en el cuerpo por el accionar de Silguero quien “de manera conciente y deliberada le propinó golpes a la víctima en diversas partes del cuerpo en múltiples y reiteradas oportunidades, empleando para ello objetos contundentes y de filo, arrojándole sustancias de alto poder ofensivo para su integridad corporal”.
“Dichas lesiones resultaron de tal magnitud que ocasionaron a la víctima una deformación permanente en el rostro, la perdida de la agudeza visual en su ojo izquierdo la que, sumada a la patología preexistente de su ojo derecho, le produjo a Vegas su actual ceguera, lo que ha determinado en la damnificada una incapacidad absoluta no solo laboral sino también para valerse por si misma pues, de continuo requiere de la asistencia de otra persona”, consigna el fallo.
Por lo que “ponderado el caudal probatorio en su conjunto, permite colegir que ha quedado demostrado con suficiencia la materialidad del hecho y la participación responsable del encartado en su ejecución”. “El contexto en que los hechos objeto del presente proceso se desarrollaron y que resultan claros reveladores de violencia ejercida contra la mujer”, consigna la jueza.
Concluyendo, la magistrada, en el procesamiento con prisión preventiva al hombre al “considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de Privación Ilegítima de la Libertad agravado por ser cometido con violencia y amenazas, contra una persona a quien se debe respeto particular y por resultar un grave daño a la salud de la ofendida, en concurso real con el de Lesiones Gravísimas”.