21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Ley de Riesgos de Trabajo

El debate de las ART ya llegó al Senado

Con la presencia del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, y el presidente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, comenzó el debate en el Senado del proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso sobre modificaciones a la Ley de Riesgos de Trabajo.

 

“Es necesario (el proyecto) desde la perspectiva de mejorar derecho. Hoy un trabajador, para alcanzar una justa reparación, debe pasar previamente por la Justicia, debe recurrir al Poder Judicial para conseguir lo que por derecho le corresponde, una justa remuneración de los daños”, consignó el ministro de Trabajo Carlos Tomada ante la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, este martes.

Tomada abrió, de esta forma, el debate acerca del proyecto de Ley enviado desde el Ejecutivo que prevé modificar la legislación sancionada durante la década de los noventa relativa a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En el encuentro, que comenzó a las 16.30, también estuvo presente el presidente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, quien puso de manifiesto su apoyo a la iniciativa oficialista y brindó algunas precisiones sobre la normativa propuesta y girada a la Cámara Alta.

Tomada señaló que el objetivo central de la norma “es despejar todo lo que pueda complicar, afectar o perjudicar a la inmediata y justa reparación del daño a los trabajadores. Por eso, el contenido sustantivo apunta a los siguientes temas: por un lado se actualizan los mínimos, para que todos los trabajadores, en particular los de salarios más bajos, obtengan un monto resarcitorio adecuado al daño”.

Luego destacó que “en segundo lugar  se dispone un ajuste semestral de esos mínimos para que no pierdan el carácter resarcitorio. Muchos saben que los sistemas de reparación del daño han quedado en una suerte de abandono”.

Así, continuó enumerando: “Van a correr intereses desde el momento del accidente y se incorpora, por encima de la remuneración, un 20% en concepto de reparación integral del daño. Este porcentaje apunta a cubrir un monto que, a su vez, busca dar una respuesta a los padecimientos del accidentado”.

Por otra parte, también se establece “un pago único e inmediato, a los 15 días de fijado el monto. Finalmente, se estimó que al trabajador le llegue la mayor parte de su indemnización, en un pago único, inmediato y lo más completo posible”.

A estas precisiones, González Gaviola agregó que “se establecen límites en el régimen de honorarios, previendo el pacto de cuota litis. La incapacidad temporaria se calcula en una de las formas más generosas que hemos visto en mucho tiempo y en comparación a otros países de la región”.

Asimismo, se refirió a las entidades con fines de lucro, uno de los aspectos “más polémicos”, como también remarcó. En ese sentido, dijo que “estamos fortaleciendo la regulación del sistema, vigilando los gastos que no estén destinados a indemnizaciones. También hay una limitación a la actividad de la comercialización, que consideramos que se está llevando cifras desproporcionadas en relación a lo que invierte”.



dju

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