La Cámara de Casación Penal confirmó el sobreseimiento de Lorenzo Pepe por el delito de injurias por comentarios que este publicó en un sitio web sobre una subasta de bienes vinculados a Eva y Juan Perón. Los jueces entendieron que “las expresiones adjudicadas a Pepe están referidas a un asunto de interés público” por lo que rechazaron el recurso de casación presentado.
La sala II de la Cámara de Casación Penal, con las firmas de Alejandro Slokar, Ana María Figueroa y Pedro David, confirmó el sobreseimiento de Lorenzo Antonio Pepe por comentarios presuntamente injuriantes vertidos por este en el sitio web del “Instituto Nacional Juan Domingo Perón de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas”.
Se trata de la causa “Pepe, Lorenzo Antonio s/ recurso de casación” donde la Cámara del Crimen revocó una decisión de primera instancia he hizo lugar a la “falta de excepción por falta de acción” solicitada por la defensa de Pepe y lo sobreseyó.
Lorenzo Pepe había sido procesado por el juez de instrucción por injurias al escribir comentarios en la web del organismo mencionado donde cuestionaba a Mario Antonio Rotundo (ex secretario privado de Zulema Yoma) por organizar una subasta online para vender algunos bienes de propiedad de Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón.
La información de la subasta fue publicada por varios medios nacionales en enero del 2011 y Pepe reaccionó, publicando en la página web del Instituto una nota en la que criticó la actitud de Rotundo y avanzó en otras consideraciones personales. Tras lo que fue querellado por Rotundo por calumnias e injurias, procesado en Instrucción, pero sobreseído en Cámara.
Este fallo fue apelado por la querella y por el fiscal argumentando que se “omitió el análisis de las características del caso” ya que asimiló al querellado “a un periodista actuante en un asunto de interés público” y este “lejos de ser un periodista es un funcionario público”.
Asimismo la querella se quejó ya que sostenía que se “ha invertido la eximente legal” en el fallo ya que se la “ha transformado en un bill de indemnidad para los funcionarios públicos que abusando de su autoridad y de los medios que el Estado les proporciona injurian o calumnian a cualquier persona”.
Sin embargo, los camaristas consideraron que el recurso presentado “no logra rebatir las consideraciones sobre el asunto del ‘interés público’” ya que los objetos que formaban parte de la subasta poseen una “titularidad y autenticidad se encuentra por demás controvertida y que podrían forman parte del patrimonio histórico nacional y por tanto ser objeto de protección legal”.
Por ello para la Casación “las expresiones adjudicadas a Pepe están referidas a un asunto de interés público”, por lo que no configuran delito de injurias y concluyeron en rechazar el recurso de casación intentado.