21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Modificación al Código Procesal Penal en Provincia

Denuncias para todos

La Cámara de Diputados bonaerense dio media sanción a un proyecto de ley que se establece que los familiares directos podrán denunciar y testificar en casos de violencia familiar en los que las víctimas sean menores, ancianos o incapaces.

 

“La realidad judicial muestra lo difícil que es explicar a una abuela, o a una tía, las prohibiciones establecidas en la normativa vigente, intentando hacerles comprender que no podrán denunciar o testificar debido a que, para el derecho, lo que las une con el imputado es un vínculo más directo que con su nieto o su sobrino”, aseguró la diputada bonaerense Mónica López (Unión Celeste y Blanco), en relación al proyecto de su autoría que recibió media sanción de la Cámara Baja provincial.

Su propuesta, que obtuvo un gran consenso, consiste en que los familiares directos podrán realizar denuncias en torno a casos de violencia familiar en los que las víctimas sean menores, ancianos o incapaces. La iniciativa ya fue girada al Senado bonaerense.

En relación a esta normativa, López agregó que en la actualidad se busca una “supuesta protección integral de la familia y que en pos de esta supuesta unión familiar ellos deberán callar, no porque así lo decidan, sino porque la Ley lo ha establecido”.

En concreto, el proyecto establece la “prohibición de declarar.- No podrán testificar en contra del imputado, bajo sanción de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo al que lo liga con el imputado, o de menores, incapaces o ancianos, que fueren victimas dentro del seno familiar de maltratos físico, abuso sexual, abuso emocional o psicológico y abandono negligente”.

Otra de las novedades que introduce la medida es que “el denunciante no será parte en el proceso ni tendrá responsabilidad alguna, excepto por el delito que pudiere cometerse mediante la denuncia o en virtud de lo que se establezca en sede civil”.

Citando iniciativas anteriores, los fundamentos del proyecto precisan que “estos delitos son cometidos generalmente en la intimidad familiar siendo sus integrantes quienes en la mayoría de los casos presencian estos actos, convirtiéndose en los testigos involuntarios de estos abusos ocultos”.

“La experiencia judicial exhibe lo difícil que es explicar por ejemplo, a una abuela o a una tía, las prohibiciones establecidas por los artículos 178 y 242 del Código Procesal Penal de la Nación, intentando hacer comprender que no podrá denunciar o testificar debido a que, para el derecho, los une con el imputado un vínculo más "directo" que con su nieto o sobrino, explicar también que dicho artículo busca asegurar la protección integral de la familia, y que en aras de esta supuesta unión familiar ella deberá callar, no porque así lo decida sino porque la ley así lo ha establecido”, manifiesta la iniciativa.

Los preceptos normativos actuales “actúan como un freno para que la Justicia pueda perseguir a quienes desde el entorno familiar aprovechan la situación de vulnerabilidad y cometen abusos a menores, incapaces y ancianos”.
 



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486