Es el que se le habría hecho llegar al Gobierno desde la Corte. Cuidado con los decretos de necesidad y urgencia que se dicten sin la correspondiente ratificación legislativa como marca la Constitución porque va a ser muy difícil que el máximo tribunal pueda sortear tal requisito básico. Prueba de ello, es que el decreto que rebaja los sueldos de los empleados públicos duerme el sueño de los baúles eternos en el máximo tribunal. Pese a que la Corte acompañó hasta ahora al Gobierno, más con señales que con hechos jurídicos de fondo –un panorama que internamente se complicó después de la reelección con autoayuda de Julio Nazareno y Eduardo Moliné O´Connor- no existe ánimo en la mayoría de los máximos jueces en forzar la Constitución. Los decretos de necesidad y urgencia fueron limitados por la Constitución reformada de 1994 –una materia que el gobierno debe manejar a la perfección- y dejaron de ser una discrecionalidad presidencial, no pudiendo aplicarse en materia tributaria, por ejemplo. Esos mensajes hicieron que cayeran en el gabinete las posiciones de los economistas de sacar por decreto la reforma previsional y debiera enviarse el proyecto de ley al Congreso.
hugo morales / dju
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