20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La muerte del hijo del gobernador de Formosa no cosa juzgada

Causa desarchivada aunque el fiscal no quiera

La Justicia de Formosa desarchivó la causa por la muerte del hijo del mandatario Gildo Insfrán debido a las “versiones difundidas” por medios de comunicación provinciales. La fiscalía había dictaminó a favor del archivo del expediente. Los detalles del caso.

 

La Justicia de Formosa ordenó el desarchivo de la causa en la que se investiga la muerte del hijo del actual gobernador de Formosa Gildo Insfrán, en agosto del año 2003. La medida fue tomada “ante las versiones difundidas en las últimas semanas por algunos medios de comunicación de Formosa, que pusieron en duda la forma en que se produjo el deceso de Gildo Miguel, hijo del gobernador”, informaron desde el Poder Judicial.

La decisión fue tomada por la jueza de Instrucción y Correccional Laura Paz quien autorizó la extracción de la causa del archivo judicial ante el pedido de la fiscal Rossana Bassanese quien intervino en la causa en la feria judicial de enero y solicitó ello para “un nuevo examen de todo el caso”.

La magistrada, tras ordenar el desarchivo, remitió la causa a la titular de la Fiscalía N° 2, Claudia Silvana Ontiveros, quien luego de analizar el expediente dictaminó en favor archivar nuevamente la causa argumentando que que el hecho acaecido hace diez años, constituyó un caso típico de suicidio.

En el dictamen, al que tuvo acceso DiarioJudicial.com, la funcionaria tuvo fundamentalmente en cuenta la pericia técnica que acredito restos de bario y plomo en la mano derecha del occiso; sustancias características de los residuos producidos por un disparo de arma de fuego y que revelan sin ningún tipo de duda que fue el propio joven quien accionó el gatillo de la pistola.

Asimismo, según las pericias practicadas “no se detectaron en el interior de la habitación signos de fuerza o violencia, como así tampoco recados póstumos de la víctima”, consigna el dictamen.

“En la presente causa no existen elementos que conduzcan al conocimiento de la posible comisión de delitos de acción pública susceptibles de investigación alguna, toda vez que el hecho investigado no constituye delito”, concluye el dictamen.

El mismo fue presentado este lunes y se solicitó que de conformidad al artículo 179 del Código Procesal Penal, se archiven las actuaciones por inexistencia de delito.

 



dju
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