La Justicia bonaerense comenzará a utilizar la firma digital. Será a través de la Procuración General provincial, que de esta forma se convierte en la primera a nivel nacional en utilizar esta herramienta.
Notificaciones electrónicas, consulta vía web de causas, expedientes digitales. Desde hace más de dos años, la Justicia comenzó a utilizar las nuevas tecnologías a nivel nacional para solucionar los problemas causados por los usos tradicionales del papel y las colas y el trajín clásico de los tribunales.
Pero la provincia de Buenos Aires tuvo problemas muy concretos y graves en este sentido: hubo dependencias que sufrieron derrumbes a raíz de la cantidad de expedientes acumulados, por lo que la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) debió implementar resoluciones en las cuales se autorizaba a destruir las fojas de las causas que ya hubiesen pasado largos años acumulándose en los estantes.
Por eso, y en uno de los primeros pasos que se dan en este sentido con una herramienta que ya es utilizada en otras provincias, la Procuración General de Buenos Aires decidió, a través de un convenio, implementar el uso de la firma digital.
De esta forma, la Procuración bonaerense se convirtió en la primera a nivel nacional en utilizar este elemento, adhiriendo de esta forma al sistema que se utiliza en todo el país.
De esta forma, la cartera dirigida por María del Carmen Falbo se convirtió en el primer organismo público provincial en implementar la herramienta. Sus integrantes también recibieron la facultad de administrar la utilización de la firma ya que ahora forman parte de la Autoridad de Registro reconocida por la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI), que es donde se certifica este medio.
El convenio fue suscripto por Falbo junto al subprocurador Juan Ángel de Oliveira, junto a secretarios y subsecretarios del Ministerio Público provincial.
Desde la Procuración precisaron que la firma digital es “una solución tecnológica que permite reemplazar la firma manuscrita en los documentos públicos electrónicos con el mismo valor legal y, a la vez, determinar la identidad del firmante además de asegurar que los contenidos enviados no fueron modificados”.
Los miembros de la organización también explicaron que “la firma digital es susceptible de verificación por terceras partes ya que permite al receptor de un mensaje o documento digital determinar la autoría y confirmar que no fue alterado posteriormente a su firma. Se compone de una infraestructura dividida en una parte tecnológica y de seguridad de la información, así como de una parte legal”.