04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

Yo no fui | Siete años de prisión efectiva para Menem | El ex jefe de la Policía de Santa Fe, procesado | La Corte aceptó el per saltum en la causa del consejo
 

 

María Julia Alsogaray negó irregularidades

La ex funcionaria María Julia Alsogaray negó haber cometido irregularidades en la contratación de pasantes de la Universidad de Lomas de Zamora cuando, durante la primera presidencia de Carlos Menem, cuando estaba al frente de la Secretaría de Recursos Naturales. Al hacer uso de sus "última palabras" ante el TOF N° 6, integrado por José Martínez Sobrino, María del Carmen Roqueta y Julio Panello, Alsogaray explicó su rol en esas contrataciones, que sumó a un planteo de nulidad que realizó su defensora, Pamela Bisserier, contra el pedido fiscal de cuatro años de prisión. Según el auto de elevación a juicio se habría defraudado al Estado por 6.972.724 pesos por pagos de pasantías que no habrían sido concretadas.

Condenaron a Carlos Menem a 7 años de prisión

Al ex presidente de la Nación, el Tribunal Oral en lo Penal Económico nº 3 le impuso una pena de 7 años de prisión, con cumplimiento efectivo, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de contrabando agravado por tratarse de "materiales afines, armas, municiones o materiales que fueren considerados de guerra", tipificado en el artículo 867 del Código Aduanero. La condena fue dictada luego de que la Cámara de Casación Penal revocara el pronunciamiento que absolvió a Menem, junto a otros imputados, y estableciera que el ex mandatario era coautor del delito de"contrabando agravado por tratarse de material bélico, por contar con la participación de funcionarios públicos y por haber sido cometido por más de tres persona".

Se confirmó el procesamiento del ex jefe de policía santafesino, Hugo Tognoli
 
Los integrantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmaron el procesamiento del ex jefe de la Policía santafesina, Hugo Tognoli, por ser considerado como presunto partícipe necesario del delito de comercio de estupefacientes o materias primas para su producción, fabricación o comercialización, agravado por su condición de funcionario público. Al mismo tiempo, los magistrados dispusieron que se aparte al juez de primera instancia.
 
Per saltum para el fallo de Servini de Cubría
 
La Corte Suprema resolvió, con votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda, Santiago Petracchi y Carlos Fayt, "habilitar la instancia del art. 14 de la ley 48 prescindiendo de la intervención previa del tribunal de alzada", en la causa "Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ acción de amparo el Poder Ejecutivo Nacional, Ley 26.855 s/ medida cautelar". La medida fue aceptada luego de la interposición, por parte del Estado Nacional, de los recursos extraordinarios de salto de instancia. El Máximo Tribunal consideró que "al encontrarse en curso un cronograma electoral estructurado en diversas etapas que se integran con plazos breves y perentorios explicitamente contemplados, sólo la decisión final por parte de esta Corte de las cuestiones constitucionales planteadas permitirá evitar situaciones frustratorias de los diversos derechos puestos en juego en estas actuaciones". Además, "las razones de urgencia que hacen procedente la via intentada, igualmente justifican que este Tribunal proceda a abreviar el plazo previsto para dar cumplimiento con el traslado legalmente contemplado, asi como habilitar días y horas para todas las actuaciones a que dé lugar la tramitación de los recursos".

 



dju

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