04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

El acceso a la información pública fue aprobado por los senadores bonaerenses | Tirado dos horas, mil horas | Cayó en el pelotero y deberán indemnizarla

 

En provincia de Buenos Aires se suma a la reforma judicial

La Cámara Alta bonaerense aprobó esta semana el proyecto de ley que busca acoplarse al paquete de reformas judiciales en torno al acceso libre a la información pública. En este sentido, la iniciativa aprobada por los senadores provinciales prevé que los tres poderes del Estado exhibirán todas sus actuaciones a través de las referidas webs de cada uno de ellos. La propuesta fue llevada al ámbito parlamentario por los senadores Patricio García y Santiago Carreras, ambos del bloque del Frente para la Victoria (FpV) y el Partido Justicialista (PJ). Ahora se publicarán el Boletín Oficial de la Provincia, los Diarios de Sesiones de ambas Cámaras de la Legislatura y los Registros de Acuerdos y Sentencias de la Suprema Corte de Justicia y otros órganos jurisdiccionales inferiores en las páginas de cada uno de los poderes que sean relativas a estos temas.
 

El Poder Judicial no se hizo cargo de un muerto que permaneció 5 horas tirado en el piso
 
El TSJ de Córdoba archivó unas actuaciones administrativas iniciadas a raíz de que el cadáver de una persona estuvo tirado en el piso durante 5 horas sin ninguna intervención. Argumentó que el hecho no era atribuible al Poder Judicial, sino que "atento no concurrir en el caso obrar alguno que sea merecedor de reproche disciplinario de parte de empleados o funcionarios de este Poder Judicial, corresponde proceder al archivo de las presentes actuaciones, remitiéndose copia certificada de las mismas al Tribunal de Conducta Policial, a los efectos que hubiere lugar".
 
 
Condena por caída en un pelotero
 
La Cámara Nacional en lo Civil condenó a la empresa Arcos Dorados SA a pagar una indemnización por los golpes que sufrió una niña al caerse desde la ventana de un pelotero de un local de McDonald`s. La sentencia de la Sala L del tribunal, que coincidió con la de primera instancia aunque aumentó el importe de la indemnización. El fallo reconoció el reclamo por daño psicológico (y su tratamiento) y moral, por un monto actualizado, con intereses, cercano a los 115.000 pesos. La causa la iniciaron los padres de la niña, quien el 11 de septiembre de 2003, mientras jugaba en el pelotero del McDonald`s ubicado en Beiró 5275 de la ciudad de Buenos Aires, se apoyó en una ventana y por desperfectos de la misma, cayó desde un metro de altura, lo que le provocó, entre otras lesiones, traumatismo de cráneo. La empresa había apelado la sentencia de primera instancia bajo el argumento de que la niña estaba bajo el cuidado de sus padres y eran sus progenitores los que debían ocuparse de la seguridad.  La Sala L tuvo en cuenta las declaraciones de testigos que presenciaron el momento en el que la menor, que se encontraba en la zona de juegos del local de comidas rápidas, “se apoyó en una ventana con forma de ‘burbuja’ que se abrió y ocasionó la caída de la niña. El Tribunal sostuvo que “ninguna responsabilidad puede imputarse a los padres de la menor, ya que no se discute que ésta se encontraba jugando en el pelotero existente dentro del local de comidas rápidas explotado por la demandada”. Los camaristas Marcela Pérez Pardo, Lily Flah y Víctor Liberman afirmaron que, en casos como este y por lo establecido en la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, “la demandada asume una obligación accesoria de seguridad frente a sus usuarios”.


dju

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