22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
Ricardo Sáenz. Fiscal General ante la Cámara Criminal.

"La discusión judicial de la Ley de Grooming es el adelanto o no de la punibilidad"

 
El Fiscal General ante la Cámara Criminal y Correccional, Ricardo Oscar Sáenz, se especializa en delitos informáticos. La reciente sanción de la Ley de Grooming traerá varias discusiones porque, según afirmó, los avances a los que se llegó en el debate en la Cámara de Diputados de la Nación "fueron socavados" por la vuelta atrás hacia la redacción original que propusieron en el Senado. El integrante del Ministerio Público Fiscal también habló sobre la influencia de los medios en el caso Ángeles y en las causas judiciales en general. Su visión en el casos de Google y Cuevana.
 
-¿En qué medida se puede encuadrar, con la normativa actual, la responsabilidad, o no, de los buscadores en Internet?
 
- El problema que vos tenés a nivel jurídico sin una reforma legislativa es que estamos juzgando la responsabilidad del mundo digital de Internet con normas prácticamente del siglo XIX, poco aggiornadas en la reforma del 7711, del Código Civil, pero tenés ese tipo de normas, cuando en el mundo existen normas más modernas. Que en general si tuviera que resumir te diría que solo se genera la responsabilidad del buscador cuando vos podés probar que conoce el contenido ilícito o ilegítimo que vulnera los derechos de autor, pero la clave es el conocimiento. Esto genera otra discusión, por supuesto. Yo estoy de lado que sostiene que el mundo de Internet se tiene que regular con reglas claras, creo que la autorregulación, de la libertad absoluta me parece impensable en un mundo en el que pasan tantas cosas de la vida de la gente a través de la web. Creo que el Estado no puede renunciar a regularlo. Cualquier regulación, con algunos proyectos que hubo como el proyecto “Pinedo”, el sistema consiste en que vos le hagas saber al buscador que hay un contenido que te perjudica, porque es ilícito, porque habla mal de vos, porque se ofrece droga o se ofrece contenido protegido por derechos de autor. Lo que sí genera discusión es si esta notificación tiene que ser judicial o prejudicial y por eso el proyecto “Pinedo” es una acción judicial sumarísima pero es una acción judicial.
 
-En este sentido, en lo relativo al conocimiento o no de los buscadores sobre el contenido de las páginas, existen criterios enfrentados. ¿Dónde entra la responsabilidad de los buscadores?
 
- Si vos lo pensás en términos jurídicos se genera la responsabilidad civil cuando vos probás el conocimiento o el haber podido conocer, por la diligencia o por algún tipo de recaudo. Los buscadores siempre dan este argumento de que ellos no pueden controlar todo el contenido. Ahora, yo no estoy muy convencido de que esto sea así. Youtube por ejemplo te dice que nunca van a encontrar videos de pornografía infantil en su web, entonces, es porque los pueden filtrar. A mí me tocó intervenir en la investigación sobre Cuevana, que salvando las distancias con un buscador brindaba los mismos argumentos. Yo no puedo controlar el contenido de todo lo que suben, pero se ofrece un catálogo de películas, y si existe ese catálogo es porque sabe cuál es el contenido del post. Entonces la discusión está ahí planteada. Yo creo que es como la normativa europea, el tema de notificar al buscador y más o menos zanjar el problema. 
 
- En el caso de Cuevana se generó una especie de activismo a favor del site. ¿Se pueden regular contenidos o el alcance de Internet es demasiado grande para conseguir el filtro?
 
- Son dos planos en realidad, porque hay uno técnico, para el cual no estoy en condiciones de contestar si se puede llevar a cabo todo esto, de regular las miles de millones de páginas que hay en Internet, lo que sí puedo decir es que el Estado no puede renunciar a aplicar su ley. Si reproducir sin pagar un cánon al autor es delito, si genera algún tipo de responsabilidad, civil o penal, hay que aplicarla. El tema de la discusión sobre la gratuidad es muy complicado. Yo creo que el final de toda esta historia es el cambio del formato económico del derecho de autor. Creo que el derecho penal no da una solución al problema. Al que no le están pagando sus derechos yo le puedo asegurar que dentro de dos años en el proceso va a conseguir una probation y el dueño de Cuevana va a terminar pintando dos escuelas, la verdad que no le sirve para nada. Creo que el derecho penal para este tipo de situaciones no sirve para nada, pero si alguien hace una denuncia hay que investigar.
 
- ¿De qué forma se podría regular el contenido de la web de modo que se pueda seguir accediendo a los contenidos de autores?
 
- La ley es del año ’33, está pensada fundamentalmente para el libro de papel, después vino la máquina fotocopiadora, vino el grabador con casetera que también fue tremendo, fue como Internet hoy. La explosión de copias fue tremenda y después ya en el entorno digital esto resulta incontrolable para el que produce el contenido. Yo creo que esa ley tiene que transformar el formato económico. En definitiva, si hay un derecho reconocido para el que escribió un libro que va a cobrar tanto por ese libro, creo que la bajada de ese mismo libro tiene que valer muchísimo menos y al autor le tiene que convenir la cantidad de bajadas que tenga el material. Creo que es una ecuación económica en la que el derecho penal no tiene mucho que hacer.
 
 

 
 
- Recientemente se sancionó la ley contra el ´ciberacoso´. Esta legislación que está vigente, ¿sirve para intervenir rapidamente en esta clase de problemas?
 
- En lo que es el acoso a los chicos sí sirve. La cuestión es así: algunos decían que no era necesario, que no había que regular este tema porque ya estaba contemplado en la corrupción de menores o en algunos delitos contra la integridad sexual que tiene por víctimas a los menores. Lo que pasa es que hay conductas específicas donde solo se produce el acoso. Yo a veces no puedo probar si la conducta del autor desvió el crecimiento del desarrollo normal de la sexualidad de los chicos, en eso consiste el delito de corrupción, con lo cual yo necesito una figura autónoma, esta era la batalla que estábamos dando. Pero hago un paréntesis: es sintomático que quienes se oponen a que se regulen los derechos de autor, al delito de grooming, son siempre los mismos, son los que militan por una Internet libre, una Internet completamente libre. Entonces te dicen (han venido al Congreso durante el debate y hemos tenido charlas muy interesantes) que se está creando un delito sobre la base del medio con el que se comete, es una legislación contra Internet y en verdad no es así, es un delito como fue siempre, es un delito que protege a los niños y a su desarrollo y ahora se comete a través de este medio. Distinta va a ser la discusión sobre cómo se termina redactando el delito, porque había una redacción del Senado y después en Diputados se abre el debate, que fue muy interesante y del cual participé en varias ocasiones, se mejora la redacción del tipo penal pero el Senado insistió en su redacción original. Mecanismo que está previsto en la Constitución en la Cámara de origen y la Cámara revisora. Nos quedamos con un texto que creo que va a generar discusiones en Tribunales porque contactar a un menor con el fin de cometer un delito contra la integridad sexual y contactar con otro fin puede ser interpretado como un fin de punibilidad y he hablado con varios defensores amigos míos y me dijeron que esto es adelantar la punidad de algo que todavía no tiene la entidad jurídico penal, pero bueno, se va a dar esa discusión que es otra.
 
- En relación a la identidad jurídico penal, en el robo de identidad digital, ¿qué tan grave puede ser el perjuicio en los casos comunes como para que se comprenda una pena?
 
- Como robo de identidad es una bolsa que está metida con un montón de conductas dando vuelta, uno podría decir que el robo de identidad digital, mediante una maniobra de ingeniería social, yo me hago de tu clave de usuario y contraseña y me logueo en tu cuenta bancaria digital. De ahí surge un amplio espectro de conductas que puede ser crear en una red social un perfil falso, con tu nombre, y te causo un perjuicio enorme. Esto pasa constantemente. Empiezan a twittear o escribir cosas perjudiciales. Uno podría plantearlo que es una discusión de siempre del derecho penal: hasta dónde una conducta está tomando una extensión tal en la sociedad causando daño que el legislador deba tomar esa conducta, prohibirla y crear un tipo penal para perseguirla. El desarrollo que ha tenido Internet en estos últimos diez años y la cantidad de cosas de la vida que a uno le pasan por Internet genera que el legislador deba prever algunas conductas como delito. La usurpación de la identidad es una.
 
- Ahora que el tema está más en boga, ¿hay algún aumento en el caudal de denuncias por este tipo de delitos?
 
- Sí, es constante tanto en las cuestiones de las estafas, operaciones de phishing fundamentalmente y otras cuestiones que se van generando con perjuicios económicos; las conductas que más me preocupan, que son las que tienen que ver con los chicos, sea el capítulo clásico que tiene que ver con la pornografía infantil, la distribución de imágenes, como los delitos a los que se exponen aquellos que vuelcan estos contenidos en redes sociales; y te diría que hay un tercer capítulo en los últimos dos o tres años que es el ataque que se hace tipo anonymous, para que la gente lo entienda, con mucha gente concertada, y que además de esa mucha gente se suman programas que a repetición te van mandando consultas constantes a un sitio generando una sobrecarga, y esto se conoce como denegación de servicio porque el usuario normal que quiere entrar a la web no puede. Este ataque que en la ley argentina no se sabe muy bien si es un daño o una interrupción de comunicaciones, en algunas de las dos se va a terminar legislando, constituye uno de los tres tipos que más se están viendo. Y sí, el crecimiento de las denuncias es considerable.
 
- La regulación sobre Internet, ¿tiene que tener alguna consideración en particular sobre la web como medio?
 
- Por ejemplo, en la distribución de pornografía infantil vos ya tenías un tipo penal que estaba redactado de una forma que aludía a una revista pornográfica o a lo sumo a un VHS, porque incluso hacía alusión a un envoltorio, a través del cual se podía intuir que era material pornográfico. Lo que hizo la reforma fue poner por cualquier medio. Y este cualquier medio significa el gráfico, el dvd o la transmisión por Internet. Ya sea por P2P, si bajás la película, hoy el ancho de banda y con la capacidad digital podés verla online. Pero no hay que tomarlo exclusivamente. Porque el robo de identidad digital se podría tratar de una forma que no sea solo Internet, sino en el DNI viejo cambiarle la foto, eso también era usurpar la identidad.
 
 

 

- Cambiando de tema, ¿cómo ve usted la influencia de los medios sobre el caso Ángeles Rawson y en las direcciones que pudo haber tomado la causa?
 
- En el caso de Ángeles a mí no me deja de asombrar la difusión que tuvo. Incluso un periodista me había recomendado al comienzo de la investigación un libro del padre de Nicolás Wiñazki que se llama “La noticia deseada”. Y ahí analiza el caso del suicidio de Yabrán (por Alfredo, el empresario) y la muerte del hijo de Menem (por Carlos, el ex presidente) en helicóptero. Dos casos que él analiza que a la gente no le convencía la versión oficial de los hechos, querían otra y no se les podía dar. Y el periodista me dijo, “fijate, acá está pasando eso”. La gente no quiere que sea el portero, y a mí la fiscal Azzaro me lo dijo a una semana de empezada la causa. Cuando vio como venía el asunto me dijo “no quieren que sea el portero”. Un psicólogo me dijo que todas las personas que viven en edificios van a apegarse a la idea de que el portero pueda agarrar a un hijo de ellos y matarlo. Entonces, van a rechazar la idea del portero. No sé exactamente cuál es la explicación y esto se discutió durante meses en las redes sociales. Yo tengo una cuenta en twitter desde julio de 2010 y la abrí junto a mi sitio de Internet. Nunca había tenido que bloquear a nadie, pero desde este caso tuve que hacerlo con muchísima gente porque me decían barbaridades, que a quién le debía el cargo, cualquier cosa que se te ocurra. Este nivel de violencia o de compromiso con esta tarea no se entiende. Seguro hay cuentas falsas pero muchas otras eran verdaderas. Eso fue lo que ocurrió. Ahora, el tema es el riesgo de que esto influya en quienes administran justicia. Por suerte creo que no ocurrió porque había gente con mucha experiencia: los fiscales, el juez de primera instancia, yo mismo, tenemos todos más de veinte años de trabajo, entonces si la causa va clarita por acá y la televisión la quiere llevar por allá yo lo lamento, la causa es esta. Pero es realmente un esfuerzo y genera mucho desgaste.
 
- ¿Es difícil manejar estos casos con la prensa y los medios? ¿Se generan dificultades con la dosificación de la información?
 
- Es inevitable que haya canales informales de información, esto hay que reconocerlo de una vez. Los jueces no dan información, pero a veces se deja filtrar algo para que no digan “la semana que viene van a detener a fulano” y sale en todas las tapas de los diarios, entonces algún magistrado dice “paren un poco, no lo vamos a detener”. Para que la información empiece a tomar un cauce más racional. Fuera de esto tiene que haber una comunicación entre los operadores del sistema judicial y la prensa. Yo también creo en el fondo que cuando se supera este lío, lo de la gente que no quería que fuera el portero, cuando baja la espuma yo creo que la publicidad al final sirve para que la gente entienda lo que hacemos en Tribunales, la gente mucho no lo entiende. Para las personas la diferencia entre un fiscal y un juez es una sutileza. Entonces sirve un poco para explicar eso, y yo soy un convencido que al caso judicial hay que buscarle el lado docente para la gente, porque también entiendo que es el Poder al que se le reclaman más entrada de aire, democracia, pero también es el más difícil de democratizar. Es decir, no se pueden votar los jueces, los fiscales, la gente tiene que entender por qué tenemos cierta estabilidad, por qué un diputado dura cuatro años y un fiscal para siempre si no se porta mal o hace algo malo, pero bueno, la estabilidad tiene que ver con la independencia. Es el Poder más difícil de explicar. Pero bueno, la oportunidad que uno tiene para abrirlo y mostrarlo a la gente es positiva.
 
- ¿Cree que la influencia de los medios en empleados y funcionarios judiciales con menos experiencia puede generar alguna influencia en la causa, más allá de las herramientas técnicas?
 
- Creo que corren más el riesgo. Un juez con dos años de experiencia no tiene la misma espalda que uno con veinte. El sistema general tiene sistemas de contención. Vos nombrás al titular del Juzgado ocho y es amigo del que está en el seis, fue compañero de colegio de otro, es difícil que un funcionario tome una decisión si duda de lo que tiene que hacer, por eso la consulta con los pares siempre sirve. Es como una red que se va formando. Es difícil explicar esto sin que nos digan que somos corporativos, pero creo que un legislador habla con sus compañeros de bloque para ver si vota o no, pasa en todos lados. Pero el juez con menos experiencia está más expuesto a la palabra de la televisión y los medios que alguien con más años en el Poder Judicial.


santiago pérez

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