Los padres de Tomás Eliam Riquelme habían interpuesto el segundo día de este año una acción de amparo contra la obra social porque no abonaba íntegramente los tratamientos. El magistrado concedió la medida cautelar peticionada, y ordenó a ASE que arbitrara los recaudos para que no se le suspendiera a Tomás el tratamiento de rehabilitación.
A pesar de la resolución del juez, ASE no tomó recaudo alguno y los padres del menor reiteraron su petición a Wathelet, que volvió a notificar la medida e impuso las astreintes. Además, advirtió que de volver a incumplirse su resolución, pasaría las actuaciones a la justicia penal.
El oficio, con habilitación de días y horas inhábiles dice: “En atención a lo solicitado, y teniendo en cuenta el incumplimiento denunciado, líbrese nuevo oficio a la Obra Social Acción Social de Empresarios (ASE), haciéndole saber que deberá cumplir con la medida dispuesta, bajo apercibimiento de aplicar una multa por cada día de incumplimiento y de pasar las actuaciones a la justicia penal”.