La Justicia confirmó la sentencia que otorgó 62 mil pesos a una oficial de la Policía Federal Argentina  en concepto de indemnización por la caída que sufrió en la escalera de entrada del edificio de Tribunales ubicado en la Avenida de los Inmigrantes n°1950.

El fallo de Primera Instancia en los autos “C. de Z. C. A. c/ Policía Federal y otros s/ daños y perjuicios” hizo lugar a la acción, pero ambas partes apelaron, la actora por los montos y el Estado Nacional por la asignación de responsabilidad, y la improcedencia de una indemnización basada en normas del derecho común a una agente de la PFA.

La Sala III de la Cámara, compuesta por los jueces Guillermo Antelo y Ricardo Recondo confirmó el fallo en la medida en que consideró que la Policía Federal era responsable en los términos del deber de seguridad dispuesto en el artículo 113 del Código Civil.

“La actora había sido destinada a prestar servicio”, recordó el Tribunal, por lo que calificó al hecho como ocurrido “en servicio”. Los magistrados estimaron entonces que la responsabilidad de la policía Federal “derivaba del deber de seguridad que le competía en su calidad de empleadora del agente accidentado in itinere, máxime, cuando el hecho había sido encuadrado, según  resoluciones emanadas de la propia demandada, como un ‘acto de servicio’”.

“Por lo demás, es doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que el Estado Nacional no queda exento de responsabilidad en los casos de accidentes in itinere”, remató el Tribunal.

En cuanto a los rubros indemnizatrorios, los magistrados concordaron con la suma establecida por el primer juez, en la medida en que la pericia médica arrojó como resultado que las lesiones guardaban relación causal con el accidente “y que la actora padecía, como resultado de éste, una secuela incapacitante parcial y permanente equivalente al 5% de la Total Obrera”

Por lo que “las circunstancias personales de la actora, como son, su edad al momento del hecho (59 años), la intervención quirúrgica que atravesó como consecuencia del mismo y las conclusiones de los expertos en cuanto al daño físico y psíquico que padeció, justifican mantener el quantum indemnizatorio”.

En menos de un año, hubo dos sentencias del mismo tipo, ya que en noviembre de 2013 la otra Sala de la Cámara falló de manera similar, en un caso edonde una agente se accidentó en las escaleras de Comodoro Py 2002.

 



dju
Aparecen en esta nota:
tropiezo escalera tribunales indemnizacion

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486