La jueza, además de rechazar las pretensiones de Rotundo porque no habría acreditado los aportes reclamados, también introdujo jurisprudencia al sostener que "los fondos que se entregan parauna campaña electoral no son susceptibles de compensación alguna" ya sea mediante devolución dineraria o por concesiones de ningún tipo.
El fallo no quedó firme porque aún puede ser recurrido ante la Cámara en lo Civil de la Capital Federal pero Rotundo se enfrenta a un dilema de hierro: quebrado económicamente entérminos legales debe afrontar el pago de los honorarios de los abogados del presidente, Ricardo Klas y Héctor Iribarne, que la jueza fijó en el u$s 1.300.000 más otros u$s 210.000 que corresponden a la tasa de Justicia, un 3% del monto de la demanda. Si bien Rotundo pidió litigar sin gastos, amparándose en el beneficio de pobreza, al perder el juicio debería abonarlo.
La esencia del fallo de Caviglia se encuentra en cuatro ejes:
No existió mandato tácito de Menem a Rotundo para que le consiga fondos.
No se pudo probar la existencia de préstamo alguno.
No hubo la contratación de empleo útil.
No existieron violaciones a la Ley de los Partidos Políticos.
Aquí aprovechó la jueza para introducir su dictamen de que los candidatos no pueden verse obligados por los aportes que se hagan para las campañas políticas.
En este juicio -que se tramitó con muy bajo perfil por parte de la jueza y de los propios abogados defensores del presidente- tuvieron que declarar por escrito, además de Menem, los senadores Eduardo Menem y Eduardo Bauzá y el actual presidente de la Casa de la Moneda, Armando Gostanián. Los tres fueron los encargados de recolectar las finanzas para la campaña presidencial y a quienes Rotundo los sindicó como las personas a quienes entregó los fondos.
Rotundo armó una oficina en la calle Maipú. Desde allí -sostiene- trabajó en la recolección de fondos para la interna del PJ primero y luego para las elecciones presidenciales de 1989. El origen de ese dinero lo atribuyó a diversasorganizaciones religiosas con asiento en nuestro país y otras en Roma, vinculadas al Vaticano.
El mismo, se ufanó de tener supuestos y aceitados contactos con la Santa Sede y amagó conenturbiar las relaciones si Menem no devolvía esos fondos.
El reclamo motivó duras expresiones del presidente hacia Rotundo.Sin embargo, en 1991 hubo una reunión entre el sacerdote Antonio González Recuero que presidía una denominada "Congregación de la Santa Familia"; el actual embajador ante el Vaticano, Esteban Caselli que en ese momento se desempeñabaen el ministerio del Interior, reportando a José Luis Manzano y Rotundo. Como saldo del encuentro se acordó que Manzano pagara con ATN (subsidios no reintegrables)a la mencionada orden religiosa $ 1.000.000, divididos en una entrega de $600.000 y 2 cuotas de $ 200.000 cada una.
Pero las relaciones de Rotundo y el origen del dinero que durante tiempo dijo haber aportado a la campaña presidencial de Menem son tan difusas como el argumento jurídico en el que basó su demanda: "mandato aparente", una figura que puede dar derecho a un reclamo aunque no exista un pedido por escrito, si una persona trabajó y obtuvo beneficios para otra y esta actividad nunca fue rechazada por el beneficiado.
En 1989 también promovió una reunión en el Hotel Excelsior de Roma con enviados del líder libio Muammar El Khadafi. Según Rotundo en ese encuentro habrían participado el ex embajadorlibio en Venezuela, Ahmed Yarrud; Said Haffiana, Menem y él mismo. En esa reunión se habrían entregado u$s 4.000.000 para la campaña presidencial pero Rotundo no los pudo probar.
Hoy el controvertido y esotérico Rotundo, que se jacta de sus relaciones con el ex coronel carapintada Mohamed Alí Seineldín, se presenta como vocero de Zulema Yoma.
Ayer Rotundo negó haber sido un colaborador de López Rega y fiel a su estilo contraatacó a la jueza. Le endilgó una presunto parentesco con el ex presidente uruguayo, Alberto Lacalle y su vinculación -que no probó- con funcionariosargentinos en la integración de sociedades "off shore".
Obviamente este dirigente que se define a si mismo como ex colaborador del ex presidente Juan Perón, califica el fallo deCaviglia de aberración jurídica y no comparte en absoluto la decisión de la jueza de no obligar a los candidatos por el aporte para las campañas electorales. Rotundo se considera damnificado junto a personas e instituciones que no detalla.