En una resolución dictada hoy en Madrid, la Sala de lo Penal del alto tribunal desestima un recurso presentado hace seis meses por el fiscal Ignacio Peláez contra la decisión del juez encargado del caso, Baltasar Garzón, de ampliar la querella contra elotrora jerarca militar con decenas de nuevos casos de tortura.
En el escrito, la Audiencia Nacional considera que la tesis de la fiscalía según la que no existe un nexo causal entre las torturas denunciadas y Pinochet «no dejan de ser alegatos incapaces de sustentar con éxito las pretensiones del Ministerio Público». En este sentido, el tribunal hace hincapié en que la relación entre el ex dictador y los hechos que figuran en la querella se resolverá «en el eventual futuro juicio oral».
El recurso de la fiscalía se refería a una decisión adoptada por Garzón a finales de abril pasado, cuando amplió el procesamiento de Pinochet con 72 casos de torturas, 54 de ellos cometidos a partir del 8 de diciembre de 1988, fecha límite impuesta por la Cámara de los Lores británica para conceder a España la extradición del ex general, retenido desde hace másde un año en Londres.
En su día, el magistrado argumentó que «se ofrecen elementos suficientes que relacionan al procesado Pinochet y a otros imputados con la presente ejecución» de los hechos denunciados,al tiempo que señalaba que el objetivo de la ampliación era que «queden debida y específicamente reflejados unos hechos e indicios que demuestran indiciariamente la participación de Augusto Pinochet en el diseño del plan criminal, su desarrollo y mantenimiento» durante su etapa en el poder de 1973 a 1990, «en el ámbito de la tortura».
Garzón explicaba además que ese plan «se desarrolló ininterrumpidamente» y «en todo momento estuvo controlado por Augusto Pinochet», quien, como responsable máximo, «simplemente, dictando las órdenes oportunas, podía hacer cesaresa situación».
Según este juez el ex dictador creó y lideró «unaorganización delictiva apoyada en las propias estructuras institucionales cuya única finalidad será conspirar, desarrollar y ejecutar un plan criminal sistemático» de detenciones ilegales, secuestros, torturas, desplazamientos forzosos y desaparición y eliminación selectiva de cerca de 3.000 personas.
En el auto dictado hoy, la Audiencia Nacional recuerda, por otra parte, que algunas de las cuestiones planteadas por lafiscalía ya fueron resueltas en resoluciones anteriores, entre ellas que la jurisdicción española es competente para investigar estos hechos. A este respecto, recuerda que «los límites del eventual futuro enjuiciamiento de Augusto Pinochet no han sido establecidos por el pronunciamiento de la Cámara de los Lores -como alega el fiscal-, sino que deberán precisarse en la resolución definitiva que, en su caso, deberá acompañarse a la entrega efectiva del reclamado a las autoridades españolas».
La Sala de lo Penal agrega en este sentido que «laautorización para proceder abarca no sólo a los hechos delictivos posteriores al 8 de diciembre de 1988- fecha establecida por la Cámara de los Lores-, sino también a los anteriores, siempre y cuando estos puedan conceptuarse como integrantes del plan criminal».
Asimismo, el alto tribunal rebate en su escrito el argumento del fiscal según el cual los delitos de torturas que se describen en el sumario están prescritos.
Según la Sala de lo Penal, «las torturas denunciadas formarían parte del delito de mayor entidad de genocidio o terrorismo» y añade que «si España tiene jurisdicción para la persecución del genocidio en el extranjero, la investigación y enjuiciamiento tendrá necesariamente que alcanzar a delitos de tortura integrados en el genocidio».
La fiscalía de la Audiencia Nacional, al igual que el propio fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, rechazó desde el principio cualquier actuación legal de Garzón contra Pinochet, al estimar que la Justicia española no es competente en este caso.
Sin embargo, todos los intentos del Ministerio Público de detener a través de sus recursos las acciones del magistrado, han sido hasta ahora infructuosos.