El tribunal, que procesó a los facultativos por encontrarlos presuntos responsables del "homicidio culposo" del paciente, revocó así un fallo que, en contrario, había dictado la jueza correccional Liliana Frilocchi. La magistrada de primera instancia había sobreseído a los médicos Carlos Alejandro Rogani, Gabriel Santiago Giunta, Gabriela Julia de Giudice, Viviana Rita Gómez, y Eduardo Daniel Lavadaz.
Los hechos por los cuales ahora están imputados de homicidio culminaron con la muerte de Adrián Aurelio Vargas, quien ingresó al Santojanni el 15 de febrero de 1995 con un severo cuadro neurológico, "pinchazos en su cabeza, desvanecimientos temporales, cefaleas intensas y vómitos".
Ante esos síntomas los facultativos ordenaron la realización de una punción lumbar y posteriormente, una angiografía digital para ubicar el origen de la dolencia y con miras a una futura intervención quirúrgica. Los médicos pretendían ante la imposibilidad de que esos estudios se realizarán en otro centro asistencia, que los familiares de Vargas solventaran los gastos en forma privada.
Su cuadro clínico se agravó con los días y finalmente falleció el 22 de febrero por un derrame cerebral.
El fiscal de la causa, y los peritos médicos designados por la Cámara no dudaron en señalar que la conducción del caso no se ajustó a las reglas de la práctica médica habitual, y que la angiografía se debió haber efectuado en forma inmediata, así como también la punción para identificar el origen de la dolencia.
El procesamiento fue refrendado por los camaristas integrantes de la Sala V de la Cámara del Crimen, conformada por Guillermo Rafael Navarro, Mario Gonzalez Palazzo y Mario Filosoff.