20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La mediación obligatoria habría reducido en un 60 % los pleitos civiles

Según lo expresado por algunos camaristas reunidos en el ágape que organizó Diario Judicial, las últimas estadísticas del fuero civil habrian dado como resultado que la mediación redujo los pleitos en un 60%.

 
Según lo expresado por algunos camaristas reunidos en el ágape que organizó Diario Judicial en la sala de periodistas del Sala de Palacio de Tribunales, las últimas estadísticas del fuero civil habrían dado como resultado que la mediación obligatoria redujo en un 60%, los litigios que ingresan en ese fuero de Capital Federal.

Hace aproximadamente cuatro años, cuando el instituto entró en vigencia por iniciativa del entonces ministro de justicia Rodolfo Barra, el fuero civil estaba al borde del colapso. Las estimaciones hablaban de mas de medio millón de juicios –entre los que ya estaban en trámite y los que iban a iniciarse-, lo cual hacía improbable que los 110 juzgados civiles sobrevivieran a la hecatombe otro año más, sin que algún remedio drástico redujera el índice de litigiosidad. Fue entonces cuando Barra escuchó las ideas de varios juristas que proponían a la mediación como alternativa para resolver conflictos, pero a diferencia de otras legislaciones del mundo le agregó un aditamento: la obligatoriedad. (La Argentina es el único país del mundo en donde es obligatoria)Ahora, criticada por unos y elogiada por otros, la mediación espera que se resuelvan dos cuestiones para saber cual será su destino. La primera de ellas es si se dicta una ley que permita su continuación después del 2001. La ley de mediación dispone que la instancia previa a todo litigio tenga carácter de obligatoria solo hasta ese año. Pasado ese período debería ser otra ley la que diga que puede continuar de la misma manera. En caso contrario, podrá seguir adelante, pero únicamente como facultativa para las partes.

La otra cuestión, es la resolución de un fallo de la Cámara Comercial, que dispuso la inconstitucionalidad del instituto tal como está planteado (obligatorio). Los efectos de ese fallo que fue dictado por la Sala B de dicho tribunal, se encuentran suspendidos porque el mismo fue apelado para llegar a la Corte Suprema . De ésta manera, también el Supremo Tribunal deberá resolver sobre la obigatoriedad o no del instituto, al igual que virtualmente lo haría el Congreso.

Los pronósticos respecto de una ley que alargue los plazos para la continuación de la mediación tal como viene practicándose hasta ahora, son optimistas. Existen varios proyectos de leyes relacionadas con la mediación familiar e incluso de la mediación penal.

En general hay consenso en la justicia civil acerca de que el instituto debe continuar como está. Eso conviene obviamente al fuero, que de otra manera perdería la calma que ha ganado durante éstos ultimos años.

En cambio, en el fuero comercial, no todos están contentos con la obligatoriedad del método. Aseguran que no tuvo buenos resultados en esa materia, y que fueron mas los problemas que causó que el alivio que pudo haber traído. En realidad es bastante lógico que las cuestiones comerciales que van a mediación no se resuelvan tan fácilmente como en el fuero civil. Las causas por cobro de pesos, fueron la vedette de los tribunales comerciales en los últimos diez años, y los deudores insolventes los coprotagonistas del drama. Un deudor que no tiene intenciones de pagar, no lo hará ni en la mediación ni en ninguna otra instancia. Probablemente esperará a ser ejecutado.

Por esa razón no es de extrañar que las mediaciones en problemas comerciales, no tengan tanto éxito como aquellas que involucran problemas civiles.

En tanto, en el Ministerio de Justicia, estan demasiado ocupados con otras cuestiones como para contestar si enviarán o no al Congreso un proyecto de ley para que se apruebe la continuidad del instituto después del 2001.

Existen versiones de que este organismo no sólo estaría de acuerdo en ello, sino también que podría abrir el listado de conciliadores laborales (actualmente solo tienen matricula 180) hasta alcanzar los 300 profesionales.

El nudo de la cuestión, en realidad estaría en quien administrará el sistema de resolución alternativa de conflictos. En un momento, existía una puja entre el Poder Judicial y el Ministerio de Justicia, por el manejo de éstos institutos, y esto sería lo que hizo que si bien por un lado es el Congreso el que tiene la potestad de truncar o darle el visto bueno a la mediación, por otro, la Corte Suprema podría decidir la inconstitucionalidad de la misma, resolviendo el recurso que todavía recorre las oficinas del cuarto piso del Palacio.



silvia raffo / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


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