02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

No todo anda sobre ruedas (II)

El juez Liporace procesó al presidente de Boca, Mauricio Macri, por la presunta comisión del delito de contrabando calificado por defraudar al fisco en el reembolso de importaciones y exportaciones.

 
El juzgado en lo Penal Económico Nº 4, a cargo de Carlos Liporace, dictó el procesamiento del presidente de Boca Juniors, Mauricio Macri, por la presunta comisión de un delito de contrabando agravado cuando se desempeñaba como directivo de la empresa automotriz Sevel, y le trabó un embargo por casi cinco millones de pesos.

De esta manera, la Justicia resolvió la situación procesal del empresario, luego que un tribunal de apelaciones de ese fuero revocara la falta de mérito dictada con anterioridad por otro juez en favor del ahora directivo xeneixe, a quien se le trabó un embargo de 4,9 millones de pesos como medida precautoria.

El expediente también involucra al padre del presidente de Boca, Francisco, que ya fue procesado. Según la investigación, la empresa exportaba autopartes a Uruguay y luego importaba vehículos terminados, cobrando reembolsos en ambos casos.

El 12 de diciembre, la fiscal en lo Penal Económico María Ruiz Morales había remitido el pedido de procesamiento al juez Liporace, -que subroga a Guillermo Tiscornia, suspendido por su actuación en el caso de la aduana paralela- aunque el empresario tenía pendiente una ampliación de la indagatoria prevista para el próximo 28 de febrero, lo que no fue óbice para que el magistrado decidiera la medida procesal.

Según explicaron fuentes tribunalicias, el presunto delito que se les imputa a los Macri se produjo cuando la empresa permitió la salida del país de autopartes con el rótulo de “venta definitiva” y no como “piezas temporarias”, para así obtener una doble ventaja en materia impositiva.

La conducta, tipificada como contrabando agravado, enfrenta una pena de entre dos y diez años de prisión. Por lo tanto, en caso de que hubiera un fallo condenatorio en el juicio oral con una pena de tres años o más, esta sería de cumplimiento efectivo.



dju / dju
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