04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

En el último día de plazo los jueces presentaron sus declaraciones juradas

En el último día de plazo fue incesante el desfile de jueces y funcionarios que presentaron sus declaraciones juradas patrimoniales.

 
Un incesante desfile de jueces, funcionarios y empleados encargados de la diligencia desfilaron hoy por el cuarto piso del Palacio de Tribunales, para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales ante la Administración General de la Corte Suprema.

Desde hora temprana, la febril actividad de los tribunales se acrecentó con el trajinar de los magistrados y funcionarios que buscaban por las dependencias que aún preservan maquinas manuales de escribir para completar los datos faltantes en sus declaraciones patrimoniales.

La presentación ante la Administración General, a cargo de Nicolás Reyes, se resolvió el martes de la semana pasada mediante la primer acordada del año, que se complementó mediante dos resoluciones posteriores por las cuales se autorizó también a las Cámaras de los distintos fueros a recibirr las declaraciones, y otra en la que se advertía que la no presentación iba a ser considerada como una falta grave.

La acordada 1/2000 significó también el encolumnamiento de la Corte en defensa de la independencia del Poder Judicial y la negativa a que las declaraciones juradas fuesen enviadas a la Oficina Anticorrupción o a la Comisión Nacional de Etica Pública, en base a la cual se reglamentó la presentación ante la Administración General.

La habilitación de las Cámaras de esta capital, previendo la congestión durante el último día de plazo, concuerda con lo resuelto para los jueces y funcionarios del interior del país.

El trámite era rápido y sencillo. Una vez presentada la declaración jurada se le entregaba al declarante un recibo en el que se dejaba constancia de la presentación en el marco de los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ley 25.188 de Etica Pública y en los términos de la Acordada 1/2000.

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dju / dju
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