04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Dificultades para convocar a jueces jubilados

Surgen dificultades para convocar a los jueces jubilados y el Consejo analizaría entre otras variantes realizar un relevamiento entre quienes estén dispuestos a volver a la actividad.

 
El consejo de la Magistratura acusó recibo de las dificultades surgidas en torno a la convocatoria transitoria de jueces jubilados para ocupar cargos vacantes, y comenzaría a analizar la posibilidad de confeccionar un listado de los magistrados pasivos que estén dispuestos para retornar a la actividad.

El relevamiento sobre los jueces jubilados es una de las alternativas que el Consejo de la Magistratura baraja en torno a la problemática de los juzgados vacantes.

Mientras tanto voceros de la Corte Suprema dejaron traslucir sus coincidencias en torno a ese tema, referidas a que los jueces jubilados no se encontrarían, en su mayoría, dispuestos a volver a la actividad, ya que económicamente "no existe nada que los tiente" debido a que perciben el 82 por ciento de un juez en el ejercicio de sus funciones.Las fuentes también advirtieron que los jubilados no estarían dispuestos a retornar "bajo la tutela disciplinaria del Consejo de la Magistratura". Consultado por DiarioJudicial el consejero Juan Mario Gersenobitz, admitió que los magistrados jubilados "cuando no son muy ancianos están ocupados y no tienen interés en volver a la función judicial".

"Es mi idea - ya que aún no esta reglamentado- que se debería elaborar un listado de quienes están en condiciones y con deseos de ocupar los cargos , y a partir de ahí de ese listado conformado con los datos obtenidos de la Corte y las Cámaras del lugar para saber quiénes estarían dispuestos a volver. Esta sería una medida transitoria hasta tanto se dicte la Ley de Subrogancia", explicó, y aclaró que "los jueces jubilados están obligados siempre y cuando no acrediten una causal que les exima de la obligación", como pueden serlo cuestiones de salud.



dju / dju
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