Contrario a los reclamos interpuestos por dos entidades vinculadas a la radiodifusión, el tribunal entendió que se trata de una cuestión "electoral" y por lo tanto prohibir esa difusión es incumbencia de la justicia local.
El TSJBA es la máxima autoridad del distrito en a elección de jefe de gobierno y diputados locales del próximo domingo , y en una resolución mantuvo la vigencia de la restricción contemplada en la ley 268 de la Ciudad de Buenos Aires.
La norma había sido impugnada a través de un amparo interpuesto por la Asociación Argentina de Telegrafistas, Radiotelegrafistas y Afines (AATRA) y a Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas (ARPA).
Las asociaciones pidieron al TSJBA que declare "inconstitucional" a la ley local, porque corresponde que sea el Estado Nacional el que regule en materia de radiodifusión.
El tribunal integrado por Ana María Conde (presidente), y los vocales Julio Maier, José Casas, Alicia Ruiz y Guillermo Muñoz, rechazó la demanda y reiteró la prohibición de dar a conocer el resultado de encuestas "a boca de urna" hasta después de las 21, del próximo domingo.En su resolución reconoció que el dictado de normas sobre radiodifusión es competencia del Estado federal, pero precisó que en el caso de la Ley 268 lo que se regula es el aspecto "electoral", para lo que están facultados los gobiernos locales.